Deducción por alquiler en Murcia en la Renta 2025-2026

En Murcia, la deducción por alquiler permite desgravar hasta 300 euros al año a quienes cumplan los requisitos de edad, situación familiar o discapacidad

Una persona confecciona el borrador de la Renta |Europa Press
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Entre las deducciones autonómicas de la Región de Murcia hay una deducción por alquiler de vivienda habitual dirigida a jóvenes, familias numerosas y personas con discapacidad. Permite deducirse el 10% de las cantidades no subvencionadas pagadas por el arrendamiento durante 2025, con un tope de 300 euros al año por contrato. No es una de las más elevadas del mapa autonómico, pero sí presenta una ventaja frente a otras similares: no exige que el alquiler represente un porcentaje mínimo sobre los ingresos del contribuyente.

En una comunidad donde acceder a una vivienda en alquiler sigue siendo un esfuerzo importante para muchos hogares, esta deducción puede suponer un pequeño alivio fiscal para quienes cumplen los requisitos. La información oficial puede consultarse en la ficha específica de la deducción por arrendamiento de vivienda habitual de la Región de Murcia.

Deducción por alquiler de la vivienda habitual

Para poder aplicar esta deducción, hay varios requisitos que conviene revisar bien:

  • Tener 40 años o menos a la fecha de devengo del impuesto, o formar parte de una familia numerosa, o acreditar una discapacidad igual o superior al 33%. Basta con cumplir una de estas circunstancias.
  • Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda habitual.
  • Haber presentado la autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados derivado del contrato, salvo que la operación esté exenta.
  • No tener derecho durante ese mismo ejercicio a la deducción por inversión en vivienda habitual, salvo en los supuestos de compatibilidad que recoge la normativa autonómica.
  • Que ni el contribuyente ni los miembros de su unidad familiar sean propietarios de más del 50% del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda.
  • No superar los límites económicos fijados por la norma. El resultado de restar el mínimo personal y familiar a la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro no puede exceder de 40.000 euros. Además, la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros.

Cumplidas esas condiciones, la deducción es del 10% de las cantidades no subvencionadas pagadas por el alquiler durante 2025, con un límite máximo de 300 euros anuales por contrato. La base de la deducción debe justificarse con factura o recibo y con medios de pago trazables, como tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta.

Es una ayuda modesta, pero con una ventaja clara: su acceso resulta más sencillo que en otras comunidades donde, además de la edad o la renta, se exige que el alquiler absorba una parte mínima de los ingresos. En Murcia ese filtro no existe, y eso hace que la deducción sea más fácil de encajar para jóvenes, familias numerosas y personas con discapacidad que viven de alquiler.

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