Recta final de la Campaña de la Renta. Se le acaba el tiempo a los contribuyentes que todavía no han rendido cuentas con la Agencia Tributaria. Y no conviene saltarse el plazo, pues nadie escapa de las multas por no entregar a tiempo la declaración de la Renta. Para evitar problemas con Hacienda, más vale apuntarse en rojo las fechas en el calendario. Y sí, a diferencia de lo que se suele pensar, hay dos días distintos que señalar.
Con carácter general, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se tiene que presentar como tarde el 30 de junio. Es el último día para entregar el borrador 2021, ejercicio que toca declarar este año, pero todo depende de qué método se escoja para efectuar el pago. Un detalle que se le escapa a la mayoría de personas obligadas a declarar y que puede generar más de un disgusto con la AEAT.
Cuando se tramita la declaración, se puede elegir el método de pago en el apartado final. Aquí, principalmente, se dan dos opciones: el pago único o fraccionado. En ambos casos, se permite pagar mediante la domiciliación bancaria, la forma más sencilla para saldar este trámite con el Fisco. Pero hay que andarse con ojo porque, de escoger esta vía, se reduce el límite de presentación: se tiene hasta el 27 de junio para hacer la declaración. Los días 28, 29 y 30 de junio esta función ya no estaría disponible.
Cómo presentar la declaración de la Renta en el último día
Si se quiere presentar la declaración de la Renta el último día, 30 de junio, hay que saber que ya no se podrá optar por el pago con domiciliación en cuenta. Dicho esto, si no es algo que preocupe al contribuyente, se puede optar por el pago electrónico o con documento de pago ingresando directamente la cantidad a abonar en el banco.
Son tres las vías que proporciona la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la Renta. La más accesible, porque no requiere acudir a las oficinas del organismo público, es confeccionarla mediante el servicio de Renta Web (solo hay que pulsar sobre el enlace anterior). Desde allí, hay que identificarse con uno de los sistemas acreditados: certificado digital, Cl@ve PIN o número de referencia.
Después, aparecen por defecto todos los datos del contribuyente. Conviene revisarlos al detalle para asegurarse de que están actualizados y que no hay ningún error, ya que de lo contrario se podría recibir una sanción por información incorrecta. Tras la revisión, se confirma el borrador, se elige el método de pago y se presenta. Al hacerlo, se puede obtener una copia y conviene apuntarse el CSV que aparecen en las páginas, pues se utiliza para numerosos trámites relacionados con la renta.
También se puede presentar la declaración por teléfono, mediante el Plan ‘Le Llamamos’, y acudiendo de forma presencial a las oficinas de Hacienda. Para ambos se necesita cita previa, que se puede pedir hasta el 29 de junio, y se contará con atención personalizada de la Agencia Tributaria. Así se puede conseguir la cita:
- A través de internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado digital, Cl@ve PIN o número de referencia.
- Con la aplicación de la "Agencia Tributaria".
- Llamando a los números de teléfono 91 553 00 71 o 901 22 33 44, específicos de la Campaña de la Renta. El horario de atención al público es de lunes a viernes, de 9.00 a 19.00 horas.
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El BOE lanza las oposiciones más interesantes para 2025 con 500 convocatorias y más de 11.000 plazas
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana 24 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara en Nochebuena
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía