Las personas que vivan con un mayor de 65 años van a poder beneficiarse de una ayuda de 1.150 euros de la Agencia Tributaria si cumplen unos requisitos. Concretamente, se trata de un beneficio fiscal que consiste en la deducción de 1.150 euros en la Declaración de la Renta, por cada persona mayor que viva en el domicilio. El objetivo es aliviar la carga económica de estos hogares que muchas veces se ven ahogados por los gastos, y les cuesta cubrir las necesidades básicas.
Cuánto me puedo deducir por tener a un mayor a mi cargo
Esta no es una cantidad fija, porque si la persona supera los 75 años hay que sumar a la anterior una deducción de 1.400 euros. De esta manera, por ejemplo, si en una casa vive una persona de 66 años y otra de 78 años, se podrían deducir en total 3.700 euros (1.150 x 2 + 1.400). Son similares a los que se atribuyen a personas con una discapacidad de al menos el 33%.
Requisitos para solicitar la ayuda de 1.150 euros si vivo con un mayor de 65 años
No todos los que convivan con un mayor de 65 años van a poder cobrarla. Si quieres solicitar la ayuda de 1.150 euros, la Agencia Tributaria explica en un folleto explica que es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
- Debe de ser ascendiente. Hacienda considera que son los padres, abuelos, o bisabuelos de quienes descienda la persona contribuyente, “y que estén unidos por vínculo de parentesco en línea recta por consanguinidad o por adopción sin que se entiendan incluidas las personas unidas al contribuyente por vínculo de parentesco en línea colateral”. Con estos últimos se refiere a tíos, tíos abuelos o suegros.
- El ascendiente tiene que ser mayor de 65 años en la fecha del devengo del impuesto, o tener como mínimo un grado de discapacidad del 33%.
- Ambos deben haber convivido en el domicilio familiar por un tiempo que sea igual o superior a la mitad del periodo impositivo. Si están internados en centros especializados por tener una discapacidad reconocida, pero dependen directamente del contribuyente, también puede solicitarse.
- La persona ascendiente no ha podido tener rentas superiores a 8.000 euros al año, a excepción de las que están exentas de tributación.
- No se aplicará a contribuyentes que declaren un IRPF de más de 1.800 euros.
Es muy importante señalar que la Agencia Tributaria explica que “en caso de fallecimiento de un ascendiente que genere derecho al mínimo por este concepto, la cuantía aplicable es de 1.150 euros”.
Para solicitar la ayuda si vives con un mayor de 65 años y cumples los requisitos anteriores, solamente tienes que indicarlo cuando hagas tu Declaración de la Renta.
Otras prestaciones económicas a la dependencia
Este beneficio fiscal en la Declaración de la Renta no es la única ayuda para las familias que tienen a su cargo personas dependientes. Las comunidades autónomas gestionan la que es conocida como ayuda a la dependencia. Lo que la diferencia de las demás prestaciones es que en ella no se tienen en cuenta las rentas familiares. Se fijan especialmente en el grado de dependencia y de necesidad de la persona, que en este caso puede ser tanto mayor como menor de edad.
La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia está regulada por la Ley 39/2006 y expone que solamente se pueden beneficiar de ella cuando está reconocido el grado de dependencia.
También se aplica a menores de 3 años con necesidades especiales. En este caso para acceder a esta ayuda es fundamental residir en España durante al menos 5 años. Para los niños, este criterio se aplica a los tutores legales. La dependencia se concede tras una valoración por parte de un profesional que reconoce cuál es el grado y todo lo que necesita.
Las cuantías pueden alcanzar en 2024 hasta los 747 euros, en función del grado de dependencia.
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