En España, si no se indica lo contrario, cuando una pareja contrae matrimonio, lo hace en gananciales, salvo excepción de algunas comunidades autónomas. Este régimen económico matrimonial supone algunas implicaciones para los miembros de la pareja, muchas de las cuales son desconocidas, como la forma en que afecta al sueldo o a bienes comprados antes del matrimonio.
Este régimen está regulado por el Código Civil en su capítulo IV y establece en el artículo 1.344 que las sociedades de gananciales “se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad al disolverse aquella.”
Otro punto importante es que esta sociedad comenzará en el momento que de celebración de matrimonio, o al pactarse las capitulaciones matrimoniales. No obstante, podrá pasarse de este régimen de gananciales al de separación de bienes después de haberse casado si se desea.
Cómo afecta al sueldo estar casado en gananciales
El régimen matrimonial de gananciales afecta, por tanto, a todos los bienes de la pareja, incluido el sueldo.
Por tanto, aunque ambos miembros de la pareja trabajen y mantengan sus respectivas nóminas en cuentas diferentes e independientes, este dinero pertenecerá a la sociedad de gananciales.
Esto implica que si la pareja llega a divorciarse disolviendo la sociedad de gananciales, el dinero que tengan en sus cuentas pasará a formar parte de un fondo común en el que los dos participan a un 50% y tendrán que repartir el dinero ahorrado en esos conceptos.
Así lo explica el abogado Abraham Alberca Níñez de Alberca Abogados en sus redes sociales.
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Qué pasa con los bienes comprados antes del matrimonio si estoy casado en gananciales
El sueldo no será lo único afectado por la sociedad de gananciales, y es que esté régimen implica a todos los bienes obtenidos durante el matrimonio. De este modo, si se compra un coche o una vivienda antes de casarse, estos serían bienes privativos, pero hay algunas consideraciones.
Según explica el abogado, en el caso de que él se compre mediante una financiación, y alguna o varias de las cuotas se paguen estando ya casado, ese dinero se entiende obtenido de la sociedad de gananciales, por tanto, la pareja tendría derecho a que se reembolsen la mitad de las cuotas.
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