La Dirección General de Tráfico (DGT) acaba de anunciar modificaciones en su reglamento y Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y concretamente en su Artículo 21, Límites de velocidad. Ahora, este artículo va a ser cambiado después del verano y todo aquel que no cumpla con la normal será sancionado con multas que pueden llegar hasta los 100 euros.
En el artículo 21.4 de la ley de Seguridad Vial establece que "Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales, excepto travesías, podrán ser rebasadas en 20 km/h por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquellas". Es decir, ahora mismo en carreteras convencionales el límite de velocidad estaba fijado en 90 km/h, pero este podría ser rebasado en 20 km/h para adelantamientos.
Ahora, con la nueva medida, ese margen de 20 km/h para adelantar en carreteras convencionales se anula. Es decir, para adelantar a un turismo o motocicleta en dichas vías habrá que hacerlo sin sobrepasar el límite establecido de velocidad marcado. Si es de 50 km/h, no podremos sobrepasarlo, y de hacerlo, incurriremos en una sanción de 100 euros (sin pérdida de puntos) siempre y cuando no rebasemos en ese tope en más de 20 km/h, en cuyo caso podría disparar la cuantía de la multa.
Los conductores en contra de esta nueva medida
La posibilidad de rebasar en 20 km/h el límite de velocidad para adelantar en vías convencionales tenía su justificación en la seguridad, postura que defienden los conductores, que se han mostrado reacios a la medida de la DGT, ya que consideran que la medida que todavía está vigente minimiza la posibilidad de accidente al permanecer menos tiempo en el carril contrario.
"La eliminación de esta posibilidad es el último aspecto importante que queda para que la adecuación de los límites de velocidad en las carreteras convencionales sea real", que establece el Proyecto de Ley presentado en el Congreso, es la razón en la que se basa. Por su parte, el Consejo de Ministros alude a que"la supresión de esta medida, que ya había sido eliminada en el resto de países de la Unión Europea, refuerza el mensaje de que la maniobra de adelantamiento conlleva un riesgo de colisión frontal".
Cuándo entra en vigor
Anunciada el pasado 20 de noviembre de 2020 en el Consejo de Ministros y aprobado el Proyecto de Ley para reformar la Ley de Tráfico el 21 de marzo de 2021, está pendiente de la validación del Congreso, cuya vuelta a la actividad tras las vacaciones es inminente. Una vez producido este hecho, se trasladará al BOE y a partir del día siguiente estará vigente. Se espera que, como muy tarde, antes del final de este 2021.
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