Hace más de un año que se aprobó el Ingreso Mínimo Vital en España. Esta prestación del Instituto Nacional de la Seguridad Social busca garantizar de unos ingresos mínimos a miles de familias que viven en riesgo de pobreza.
Según los datos aportados por el Gobierno de España, el Ingreso Mínimo Vital, conocido por sus siglas como IMV, ha llegado a un total de 260.000 hogares en los que viven más de 680.000 personas. Sin embargo, todavía a día de hoy muchos de estos beneficiarios se preguntan cuánto dura el Ingreso Mínimo Vital y que trámite hay que hacer para seguir manteniendo la ayuda.
La Seguridad Social afirma que los beneficiarios de esta ayuda económica mantendrán el ingreso siempre y cuando sigan manteniendo los requisitos que originaron su aprobación. Para ello, el INSS establece una serie de gestiones que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deberán hacer de forma anual.
El Ingreso Mínimo Vital o IMV garantiza unos ingresos mínimos que van desde los 469,93 euros al mes (hogar en el que solo vive un adulto) hasta los 1.033,85 euros al mes (hogar con dos adultos y tres o más menores).
Cómo mantener el Ingreso Mínimo Vital
El Ingreso Vital se mantendrá mientras que sigan reuniendo las condiciones y exista una carencia de ingresos en la unidad familiar. Para comprobar que se siguen reuniendo esas condiciones, los beneficiarios deberán presentar cada año la declaración de la renta en Hacienda.
No presentar la declaración anual de la renta puede suponer la pérdida y suspensión del Ingreso Mínimo Vital, ya que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) necesita comprobar los ingresos reales. Las personas que presenten esta declaración no deben de preocuparse. Al ser una prestación no contributiva, no cotiza a la Seguridad Social y por ello, no hará que se pague en la declaración.
Recordemos que para acceder al Ingreso Mínimo Vital se deberán reunir los siguientes requisitos:
- Tener más de 23 años y menos de 65 años.
- Residir de forma legal e ininterrumpida en España durante al menos el año anterior a la presentación de la solicitud.
- No superar el umbral de ingresos fijados por la Seguridad Social.
- Haber agotado toda ayuda a la que se tenía derecho.
- Cumplir con las condiciones de vulnerabilidad fijadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- Estar inscritos como demandantes de empleo (apuntarse al paro).
Además, deben saber que aquellas personas que se encuentren cobrando la prestación contributiva o algún subsidio por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) podrán solicitar el IMV, es decir, se pueden compatibilizar ambas ayudas.
De hecho el Ingreso Vital también se puede compatibilizar con los ingresos de un trabajo, siempre y cuando este empleo y resto de ingresos no superen el umbral fijado por la Seguridad Social como requerimiento.
Cuándo se deja de percibir el ingreso mínimo vital
Según explica la Seguridad Social en su web, el Ingreso Mínimo Vital se dejará de percibir en los siguientes casos.
- Cuando se supere el umbral de ingresos fijado: para poder percibir el cobro del Ingreso Mínimo Vital no se podrá superar el umbral de rentas que va desde los 16.917,60 euros anuales para unidades conformadas por una persona, hasta los 43.985,76 euros anuales para unidades de convivencia formadas por dos adultos y tres o más menores.
- Cuándo el beneficiario cumpla los 65 años: al ser una prestación no contributiva de la Seguridad Social no es compatible cobrarla junto con la pensión de jubilación. Por esta razón a partir del momento en el que el beneficiario cumpla los 65 años de edad, dejará de percibir el ingreso mínimo vital y pasará a percibir una pensión mínima.
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