Los trabajadores por cuenta propia tienen derecho a cobrar una ayuda por desempleo que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Se trata de la prestación por ‘cese de la actividad’, más conocida como el paro de los autónomos y al que pueden tener acceso siempre y cuando cumplan con un tiempo mínimo de cotización al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Sobre ese tiempo de cotización, hay que recordar que el profesional por cuenta propia tiene que hacerlo dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Ya que, solo así podrá acceder a esta prestación por cese de la actividad cuando se haya visto obligado a tener que poner fin a su profesión por cualquiera de los motivos que pueden acarrear que tenga que cerrar su negocio.
Además, también hay que recordar que, dependiendo del tiempo cotizado como autónomo, tendrá derecho a cobrar esta ayuda económica durante un tiempo u otro. Es importante saber que se podrá recibir desde los 4 meses hasta los 2 años, aunque siempre teniendo en cuenta los años que se ha estado como trabajador dado de alta dentro del RETA de la Seguridad Social.
¿Cuánto cobra un autónomo con el cese de actividad?
En primer lugar hay que conocer cuánto se va a cobrar cuando un trabajador autónomo se haya visto obligado a detener su actividad y tenga que pedir la prestación por desempleo. Para ello se diferencian una serie de cuantías por parte del Servicio Público de Empleo Estatal y que, dependiendo de la situación familiar, pueden ser unas u otras.
Haciendo referencia a la cuantía general, se trata del 70 % de la base reguladora. Es decir, si un autónomo tiene una base reguladora de 1.200 euros al mes, cobrará el 70 % de 1.200, cobrando un “paro” de 840 euros al mes.
Por otro lado se encuentran las prestaciones mínimas y máximas. Estas dependen de un factor, si se tienen o no hijos a cargo, ya que, en función de eso, cobraría una cuantía mínima o máxima distinta, quedando así:
- Pensión mínima sin hijo a cargo: 451.92 euros al mes. Aunque en 2022 será de 463,20 euros al mes.
- Pensión mínima con hijos a cargo: 604,44 euros al mes. En 2022 aumentará hasta los 619,55 euros mensuales.
- Pensión máxima sin hijos a cargo: 988,57 euros al mes. En 2022 será de 1.013,29 euros al mes.
- Pensión máxima con 1 hijo a cargo: 1.129,80 euros al mes. En 2022 se cobrará 1.158,04 euros mensuales.
- Pensión máxima con 2 o más hijos a cargo: 1.271,02 euros al mes. A partir de 2022, esta cuantía será de 1.302,8 euros al mes.
¿Cuánto tiempo debe tener cotizado para cobrar el cese de actividad?
Una vez se conocen las diferentes cantidades de dinero que se podrían cobrar, hace falta conocer el tiempo mínimo cotizado que tiene que tener un trabajador autónomo para poder acceder a esta prestación por cese de actividad. Además, en función de si tiene una cantidad de tiempo u otra cotizada al INSS, podrá disfrutar de unos meses cobrando el paro de los autónomos.
El tiempo mínimo que tiene que tener cotizado dentro del RETA es de 12 meses, es decir, 1 año, para poder solicitar el cobro de esta prestación destinada al sector de los profesionales por cuenta propia. A partir de ahí, hay que diferenciar hasta 7 cantidades de tiempo cotizado distintas para conocer cuánto pertenece de “paro”, siendo así:
- De 12 a 17 meses cotizados: Tiene derecho a 4 meses de prestación.
- De 18 a 23 meses cotizados: Tiene derecho a 6 meses de prestación.
- De 24 a 29 meses cotizados: Tiene derecho a 8 meses de prestación.
- De 30 a 35 meses cotizados: Tiene derecho a 10 meses de prestación.
- De 36 a 42 meses cotizados: Tiene derecho a 12 meses de prestación.
- De 43 a 47 meses cotizados: Tiene derecho a 16 meses de prestación.
- De 48 meses cotizados en adelante: Tiene derecho a 24 meses de prestación.
Si se cumplen todas estas condiciones, puede seguir una serie de pasos para solicitar la prestación por cese de actividad. Éstas se pueden consultar mediante la lectura del artículo sobre cómo solicitar el paro de los autónomos.
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