Cuando un trabajador está de baja laboral y termina el contrato de trabajo con la empresa a la que pertenecía, pasa a una situación de desempleo, aunque manteniendo la prestación contributiva por incapacidad temporal mientras así lo determine el médico correspondiente. Es por esa razón que muchos se preguntan si, en el momento en el dejan de pertenecer a una empresa, pero siguen en situación de baja, consumen o no el tiempo de paro que les pertenece.
Esta situación se ha visto acentuada con el aumento de los contratos temporales a raíz de la pandemia del Covid-19. Las empresas han evitado hacer el número máximo de contratos indefinidos, incrementando así los trabajadores temporales, con el objetivo de reducir gastos ante la Seguridad Social y disminuir el número de indemnizaciones que deben pagar en caso de tener que despedir a algunos trabajadores por diferentes circunstancias.
Hay que recordar que el tiempo máximo en el que un trabajador puede estar de baja es de 365 días. Aunque dependerá del médico correspondiente la decisión de volver a dar el alta al trabajador o ampliar dicha fecha, pasando del año y concediendo 180 días más (6 meses) de baja al trabajador, siempre y cuando se determine que son necesarios para la curación del trabajador.
¿Cuándo se consume paro por una baja?
Desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se ha detallado que una persona que haya continuado estando de baja laboral una vez ha terminado su relación con la empresa, consumirá el paro, pero siempre y cuando se trate de una situación determinada. Para que desde la Seguridad Social se empiece a consumir el tiempo de paro que pertenece al desempleado que se encuentra en situación de baja, se deberá de tener en cuenta la causa que le hizo sufrir esa incapacidad temporal.
El INSS sólo consumirá el tiempo de prestación contributiva por desempleo que le corresponde al desempleado por dos motivos. La incapacidad temporal que ha apartado al trabajador de su actividad laboral debe haber tenido como origen una enfermedad común o un accidente no laboral.
Además, es importante destacar que, mientras se esté de baja laboral, no es necesario solicitar el paro hasta el momento en el que se reciba el alta por parte del especialista médico. Aunque sí que se debe tener en cuenta que el momento en el que se produjo la baja laboral, debía estar trabajando y dado de alta en la Seguridad Social. Habiendo terminado el contrato o siendo despedido mientras estaba de baja.
¿Cuándo no se consume paro por una baja?
Por el contrario, una persona desempleada no gastará el tiempo de paro que le corresponde si pierde el empleo mientras esté de baja laboral por incapacidad temporal siempre y cuando el origen sea otro. Y es que, para que esto ocurra, la causa por la que el trabajador ha tenido que abandonar temporalmente su trabajo debe haber sido por un accidente laboral.
Solo en ese momento, cuando el trabajador sufre una incapacidad con motivo laboral, no se gastará el tiempo de paro si éste termina su contrato o es despedido mientras esté de baja temporal. Por lo que desde el INSS se le pagará la baja, pero el tiempo que le corresponde por la prestación contributiva por desempleo, a la que tendrá acceso una vez reciba el alta, quedará intacta.
¿Qué pasa cuándo se recibe alta?
Mientras se está de baja por una incapacidad temporal, tal y como se ha detallado anteriormente, no es necesario solicitar la prestación contributiva por desempleo (el paro) al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Todo ello debido a que se seguirá cobrando la baja laboral hasta el momento en el que se reciba el alta médica para poder volver al mercado laboral.
Una vez que se recibe el alta médica y el desempleado puede volver a realizar una actividad laboral, lo primero que debe hacer es inscribirse como demandante de empleo. Además, también se debe solicitar el cobro del paro, siempre y cuando le reste tiempo de prestación una vez salido de la baja laboral.
Para saber cómo se realiza este trámite para la obtención del paro se puede ampliar información a través de cómo solicitar la prestación por desempleo al SEPE. Para ello, será necesario realizarlo de manera presencial u online, si se desea solicitar una atención personal, se puede hay que visitar el artículo sobre cómo pedir cita previa SEPE (INEM).
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