El certificado de discapacidad es un trámite que hay que renovar cada cierto tiempo y que gestionan las distintas comunidades autónomas de España. Los beneficiarios de una pensión contributiva de incapacidad permanente, de la Seguridad Social, y de una no contributiva de invalidez, del Imserso, tienen la obligación de mantenerlo actualizado bajo los criterios del organismo público autonómico correspondiente. Así, cada comunidad ha tomado unas decisiones distintas respecto a cómo renovar el grado de discapacidad.
Específicamente, este documento viene a acreditar la condición legal de persona con discapacidad, a la que se concede un grado de minusvalía específico. Este grado se evalúa mediante un baremo donde se estudian las limitaciones de la persona y los factores familiares y laborales que rodean a la persona y limitan su inclusión social. Nunca podrá ser inferior a un 33%.
La OMS, Organización Mundial de la Salud, considera discapacidad a cualquier restricción o impedimento que tiene una persona para realizar una actividad con normalidad. Esta discapacidad puede ser temporal o permanente, y reversible o irreversible.
¿Qué es el grado de discapacidad?
El grado de discapacidad es la valoración y reconocimiento de la discapacidad de una persona expresada en un porcentaje. Este grado se establece basándose en unos criterios técnicos fijados por la Administración Pública. Para valorarlo, se tienen en cuenta las discapacidades que presenta la persona y los factores sociales que pueden dificultar su integración social, como el entorno familiar, la situación laboral, educativa…).
Para determinar el grado de discapacidad, se hace una valoración física, psíquica y sensorialmente a la persona por parte de tribunales médicos multidisciplinares, que certificarán el porcentaje que esta posea.
¿Cuáles son los grados de discapacidad establecidos?
El grado de discapacidad está establecido según un porcentaje de minusvalía, y se establece según los siguientes baremos:
- Grado 1 o discapacidad nula. La calificación es del 0%. Se tienen en cuenta secuelas o lesiones que están diagnosticadas pero no producen discapacidad, por lo que la minusvalía es nula.
- Grado 2 o discapacidad leve. Porcentaje de entre 1% y 24%. Personas que presentan dificultades para llevar a cabo actividades diarias, pero a pesar de esta dificultad, pueden llevarlas a cabo.
- Grado 3 o discapacidad moderada. Porcentaje de minusvalía del 25% al 49%. La persona reconocida con grado 3 no puede llevar a cabo algunas actividades diarias y encuentra dificultades para llevar a cabo otras.
- Grado 4 o discapacidad grave. El porcentaje se establece entre el 50% y el 70%. Un grado 4 de minusvalía imposibilita a realizar la mayoría de las actividades diarias a quién lo posee.
- Grado 5 o discapacidad muy grave. Porcentaje del 75%. Deficiencias permanentes y severas que hacen necesaria la dependencia en otras personas para poder realizar las actividades diarias esenciales.
¿Quién puede solicitar el certificado de grado de discapacidad?
Para obtener el certificado de grado de discapacidad primero deberás solicitar un reconocimiento inicial. Para ello deberás:
- Ser español, o extranjero residente de manera legal en España, y estar empadronado en cualquiera de los municipios de las distintas Comunidades Autónomas españolas.
- Padecer una discapacidad física, mental, intelectual y/o sensorial.
Una ver solicitado y reconocido tu grado de discapacidad, podrás solicitar tu certificado de discapacidad, que dependerá de las políticas administrativas de la Comunidad Autónoma donde residas.
Este reconocimiento de grado de discapacidad, así como su declaración y calificación, está recogido de manera legal en el Real Decreto 1971/1999, publicado en el BOE el 26 de enero de 2000.
A continuación te dejamos el listado, por Comunidades Autónomas, de los organismos encargados de hacer el trámite.
Listado CCAA para realizar el trámite para el certificado de grado de discapacidad
- Andalucía
- Aragón
- Principado de Asturias
- Illes Balears
- Canarias
- Cantabria
- Castilla y León
- Castilla-La Mancha
- Cataluña
- Ciudad de Ceuta
- Comunidad Valenciana
- Extremadura
- Galicia
- Madrid
- Ciudad de Melilla
- Región de Murcia
- Comunidad Foral de Navarra
- País Vasco/Euskadi
- La Rioja
Ventajas de obtener un certificado de discapacidad
Son muchas las ventajas y ayudas sociales que puede suponerte la certificación de tu grado de discapacidad, a continuación enumeramos las principales:
- Asistencia sanitaria.
- Becas para la educación y formación.
- Acceso a vivienda de protección oficial para personas con discapacidad.
- Jubilación anticipada para personas con una discapacidad superior al 65%. En caso de un grado mayor al 75% esta pensión supondría un incremento de hasta un 50& más.
- Subvenciones para compra y adaptación de un vehículo.
- Permiso de estacionamiento en vía pública.
- Ayudas a transporte público.
- Descuentos especiales en otros servicios públicos.
- Reducción de impuestos en productos de farmacia y aseo.
- Plazas de universidad especialmente reservadas.
- Descuentos en actividades lúdicas o de ocio.
- Descuentos en viajes de larga distancia y en hoteles.
¿Cómo puedo renovar mi grado de discapacidad?
Si tu certificado de discapacidad caduca durante el estado de alarma, debes saber que, según el Real Decreto 463/2020, se han suspendido los plazos administrativos y los plazos de actualización del grado discapacidad. Las renovaciones mantendrán su validez cuando finalice esta situación extraordinaria.
De todos modos, y de manera general, no hay una norma fija para realizar renovación del certificado de grado de discapacidad, al depender de entidades regionales o autonómicas. Muchas comunidades se han pronunciado y permiten efectuar el trámite vía telemática a través de su portal. En cada una de las plataformas quedan reflejados los pasos parar renovar este tu certificación o para solicitarla, si aún no la tienes.
¿Cuál es la fecha de caducidad del grado de discapacidad?
La persona que cobren una pensión de discapacidad deberán pasar cada dos años, aproximadamente por el Equipo de Valoración de Incapacidades de la Seguridad Social, es decir, el tribunal médico. Ahí se verá si sigue igual, si ha mejorado o ha empeorado de su situación. Si sufriera un cambio, habría que renovar el grado de discapacidad.
Como apuntó a comienzos de 2023 la Agencia Nacional de Discapacidad, se ha oficializado una nueva prórroga de vencimiento para los Certificados Únicos de Discapacidad con caducidad prevista entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023.
Así, todos los CUD cuyos vencimientos de 2021 y 2022 que se habían dejado sin efecto por la pandemia, vuelven a encontrarse sin límite de vigencia, al igual que los pausados para este año.
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