El SEPE cuenta en su Sede Electrónica con un mecanismo para comprobar si estás percibiendo la prestación contributiva o la prestación por desempleo por ERTE. Además, puedes consultar el estado de la misma (aprobada o denegada) y conocer la cantidad que vas a cobrar.
Una vez presentas tu solicitud para acceder a una prestación por desempleo. El Servicio Público de Empleo Estatal tiene la obligación de dictar la resolución de la misma comunicando a la persona interesada si su ayuda ha sido aprobada o denegada en 15 días hábiles.
Tanto si…
- Tienes tu prestación aprobada y es la primera vez que vas a recibirla
- Cobras una prestación y quieres consultar su estado
- El SEPE se ha retrasado en tu cobro.
- Has recibido un importe erróneo en tu cuenta bancaria…
- Puedes consultar el estado del trámite de tu expediente a través de las vías que te explicamos a continuación.
¿Cómo consultar el estado de mi prestación por desempleo o ERTE?
Puedes consultar el estado de tu prestación, subsidio por desempleo o Expediente de regulación Temporal de Empleo (ERTE) a través de la Sede Electrónica del SEPE.
Puedes acceder a ella con tu certificado digital, con DNI electrónico o con usuario y contraseña cl@ve. Veamos los pasos necesarios para consultar tu prestación.
- Accede a la web del SEPE en este enlace: Protección por desempleo.
- Haz clic en la pestaña: Consulte datos y recibo de su prestación.
- Pincha en el botón: Consultar prestación.
- En esta nueva pestaña, el sistema te pedirá registro a través de las opciones que hemos citado anteriormente: certificado digital, DNIe o usuario Cl@ve. También te da la opción de Pin telefónico Móvil.
- Una vez dentro podrás ver la cuantía y la duración de tu prestación, ya sea por desempleo ordinario o derivada de un ERTE.
¿Cómo contacto con el SEPE?
Puedes contactar directamente con el Servicio de Empleo a través de su servicio de atención telefónica habilitado por provincias, te dejamos el link al listado: Listado telefónico de Oficinas del SEPE
También puedes contactar de manera presencial, siempre con cita previa, dado el Estado de Alarma, en la oficina más cercana a tu domicilio.
Por último recordar que las personas afectadas por un ERTE no deben iniciar la solicitud de la prestación, es la empresa la encargada de solicitar la prestación al Servicio Público de Empleo Estatal. El trabajador solo tendrá que estar inscrito como demandante de empleo
Los ERTEs finalizarán el 31 de enero de 2021 y Gobierno, Patronal, Sindicatos y Agentes Sociales se encuentran reunidos para extenderlos, al menos, hasta abril de este año.
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía