Hay determinadas situaciones en las que se tiene que comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que se está de baja por una incapacidad temporal. En concreto, existe la obligación de hacerlo cuando se está cobrando una prestación contributiva (como puede ser el paro), un ERTE o un subsidio por desempleo.
Las personas que se encuentren en alguno de estos casos tendrán que comunicar al SEPE la nueva situación de baja si no quieren recibir ninguna sanción. Además, para los trabajadores que están en paro se suspenderá temporalmente la demanda de empleo. Así, durante el tiempo que dure la incapacidad temporal no podrán ser llamados a cursos de formación obligatorios o citas de control.
¿Qué ocurre al comunicar la baja? Si se está cobrando un subsidio por desempleo no se produce ningún cambio, cobrándose lo mismo y manteniéndose la duración de la ayuda que seguiría corriendo (no se detiene). Algo similar ocurre con el paro, por la que el SEPE (si bien a cuenta de la Seguridad Social) sigue pagando la prestación por desempleo con las mismas cotizaciones sin que se vea alterada su duración.
Si se acabase el paro y se continuara de baja, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) comenzaría a pagar el equivalente a un subsidio por desempleo, teniendo que solicitarlo en sus oficinas con cita previa. Una vez que finalizase la incapacidad temporal, el INSS dejaría de pagar esta prestación y el trabajador podría solicitar un subsidio si tiene derecho al mismo y cumple con los requisitos. Con las personas que se encuentren en ERTE se aplica exactamente la misma norma.
¿Cómo avisar al SEPE que estoy de baja médica?
Las personas que se encuentren en una de las situaciones anteriores tendrán que comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) el parte de baja médica por incapacidad temporal. Este aviso se puede realizar de forma presencial en sus oficinas de empleo acudiendo con cita previa, para lo que habría que pulsar en la opción de “Presentación de partes de baja IT”.
También se puede solicitar de forma telemática: bien por teléfono, pudiendo pinchar en este enlace para consultar los horarios de las distintas provincias, o a través de la Sede Electrónica de su página web. Y habrá que solicitarlo con la mayor brevedad posible.
Al respecto, hay que destacar que se toma como fecha de comunicación el día en que se pide cita al SEPE, no cuando se acude finalmente a las oficinas o se recoge el aviso. Otro aspecto importante es que, según el organismo, es obligatorio enviar los partes de confirmación de la baja por incapacidad temporal.
No obstante, en la práctica la mayoría de oficinas no suelen exigir su entrega, pero conviene asegurarse preguntando al personal. También si, en caso necesario, los podría entregar otra persona en caso de que la persona que esté de baja no se encuentre en condiciones de acudir a las citas. Por último, señalar que también se debe comunicar al SEPE de cuando se produce el alta de la baja por incapacidad temporal, una vez que la tramite el médico.
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