Los trabajadores autónomos y administradores de Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) tiene aún que declarar cuatro mensualidades más en su calendario fiscal de este año 2021. Estando así al día con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) con respecto a las diferentes notificaciones que se deben dar a Hacienda para evitar posibles sanciones.
Los trabajadores por cuenta propia deben declarar ante la Agencia Tributaria las diferentes retenciones que puedan sufrir. A esta hay que añadirle el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la Declaración de la Renta e incluso el Impuesto sobre Sociedades.
Ya en el mes de octubre, los trabajadores autónomos y gerentes de las PYMES deben presentar sus obligaciones fiscales durante tres fechas más. Siendo, este décimo mes del año, uno en los que más declaraciones deben hacer a Hacienda, teniendo que presentar 7 documentos diferentes a la Agencia Tributaria.
Aún restan tres meses del calendario fiscal de los autónomos
Momento importante para los trabajadores por cuenta propia que comienza ahora con la llegada de octubre. Y es que los autónomos encaran el último trimestre del calendario fiscal lleno de trabajo, más allá del que habitualmente deben ejercer en su negocio y establecimiento para conseguir ingresos, se les añade las declaraciones que deben hacer ante Hacienda para evitar posibles sanciones económicas de la Agencia Tributaria.
Octubre ‘caótico’ para los autónomos
Este mes de octubre se presenta completo para los trabajadores autónomos y es que, a la declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deben presentar ante Hacienda, se le han jugado otras seis obligaciones más. Tanto es así que, a esa declaración del IVA, los trabajadores por cuenta propia también tienen obligado presentar tendrán que añadirse hasta seis modelos diferentes, cada uno enfocado a un apartado distinto dentro de la labor que debe cumplir el trabajador autónomo. Para conocer cuáles son todas las obligaciones fiscales que tienen estos profesionales este mes se puede ampliar información a través del artículo sobre estas son las obligaciones de los autónomos con Hacienda en octubre.
Noviembre pinta más tranquilo
Noviembre aparece como un mes bastante tranquilo para los trabajadores autónomos, y más teniendo en cuenta la cantidad de documentos que han tenido que entregar en octubre. Aunque no se pueden despistar estos profesionales, debido a que también existen tres fechas importantes que deben marcar para no ser sancionados por Hacienda, estas son:
- 5 de noviembre, viernes: En el caso de que se fraccionase el pago del modelo 102, se llevará a cabo el ingreso del segundo plazo de la declaración anual del pasado 2020.
- 22 de noviembre, lunes: Es la fecha límite para que los autónomos puedan presentar el modelo 349. Este tiene que ver con la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, es decir, todo el comercio que se haya llevado a cabo con empresas extranjeras pero que forman parte de la Unión Europea (EU).
- 30 de noviembre, martes: Se trata de la fecha límite en la que un autónomo debe presentar la declaración del IVA con respecto al mes de octubre de 2021.
Diciembre para cerrar el calendario fiscal de 2021
El último mes del año tampoco estarán exentos los autónomos de tener que presentar diferentes declaraciones a la Agencia Tributaria. Y es que se trata del último mes de este 2021 y, por lo tanto, tanto autónomos como Hacienda deben cerrar el calendario fiscal de manera correcta y completa. Para ello, hay que destacar varias fechas importantes, que son:
- 20 de diciembre, lunes: es el último día para presentar la declaración de renta y sociedades que tiene y pertenece al trabajador. Esto deberá hacerlo a través del modelo 349, al igual que ocurre en noviembre.
- 30 de diciembre, jueves: Es la fecha límite para que los trabajadores por cuenta propia presenten la declaración del IVA.
- 31 de diciembre, viernes: Se trata del último día del año fiscal, siendo la fecha límite para poder realizar diferentes gestiones, como son:
- Renuncia, estimación simple y estimación para el 2022.
- Renuncia de los regímenes para el sector agrícola, ganadero y pesquero en 2022.
- Posibilidad de tributar en el destino de las ventas a otros países de la Unión Europea.
- Se puede optar por el régimen especial de criterio de caja.
- Fecha límite para comunicar a la Seguridad Social el alta dentro del régimen de entidades.
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