Estás cobrando una pensión de jubilación y se acerca el momento de presentar la Declaración de la Renta. ¿Tengo que hacerla o no? Vamos a ayudarte a entender el calendario fiscal 2021 que comienza el día 7 de abril con la presentación del IRPF online. Tranquilo, porque en sencillo.
La pensión de jubilación no te deja fuera de tener que rendir cuentas a Hacienda. Lo que pasa es que, si cobras menos de 22.000 euros y ese dinero viene solo de la Seguridad Social, es decir, de tu jubilación o pensión, no tendrás que hacer la Renta.
Tabla retenciones IRPF 2021 | Noticiastrabajo
Esta cantidad es el mínimo que la Administración marca para tener que presentar la Renta en la Agencia Tributaria. Pero ¡ojo!, este dinero debe proceder de un solo pagador. ¿Qué queremos decir con esto? ¡Atención si eres nuevo en el cobro de pensiones!
Si has tenido nómina en tu empresa y después pasaste a ser jubilado, en el mismo año fiscal, en Hacienda aparecerán dos pagadores. En este caso, sí tendrás que hacerla, aunque no llegues al mínimo de 22.000 euros.
¿Qué jubilados están obligados a hacer la Declaración de la Renta?
Todo jubilado que cobra una pensión debe presentar el IRPF siempre que sus ingresos sean mayores a 22.000 euros anuales. El mínimo para no tener que presentar documentación a Hacienda es de 14.000 euros si tienes dos pagadores y uno de ellos te paga más de 1.500 euros.
¿Cómo sé el periodo que he estado dado de alta? Consulta el certificado de Vida Laboral, lo puedes conseguir en un momento en la Sede Electrónica.
Recuerda que a Hacienda le da igual que seas pensionista. Tienes que pagar según el origen y la cantidad de los ingresos que tengas.
Además, no hay un calendario fiscal especial para pensionistas y jubilados. Si quieres ahorrar mira a ver lo que te desgrava y las retenciones, o los fondos que tengas. Si estás en algún sindicato, pide el certificado de cuota sindical.
¿Qué pensiones están exentas del impuesto sobre la Renta?
Orfandad, incapacidad permanente, y la pensión compensatoria por alimentos en el caso de resoluciones judiciales. La jubilación que estés cobrando cuenta con varios requisitos específicos que indican si tienes que presentar el IRPF o no. Vamos a decirte los que son.
Como ya hemos dicho antes, si tienes un ingreso de 22.000 euros anuales, estás exento de presentar el IRPF.
Si eres el beneficiario de una pensión de jubilación
No tienes que presentar la declaración de la Renta este año si cobras una cantidad menor o igual a 22.000 euros al año, procedentes de la nómina de las pensiones de la Seguridad Social. Si cobras menos de 12.000 euros y tienes varios pagadores. Si tu ingreso supera esa cantidad, debe ser de una única ayuda.
Con nóminas en cuenta de más de 12.000 euros que vengan de las pensiones de las clases pasivas. Tampoco tendrán que ir a Hacienda los que hayan cobrado por capital mobiliario menos de 1.600 euros.
Las ganancias patrimoniales para estar exentos de pagar la Renta tienen que ser de menos de 1.000 euros.
Pensiones que no tienen que declarar el IRPF
Revisa tu pensión en la Sede Electrónica a ver si pertenece a una de estas: orfandad, ayuda a favor de mutilados y lesionados en la Guerra Civil, incapacidad permanente de las clases pasivas, orfandad, víctimas de terrorismo, derivadas de accidentes (laborales o no), pensión de alimentos que pase algún progenitor por sentencia judicial o pensiones en el extranjero.
Si encuentras que la tuya está dentro del grupo que acabamos de presentar, puedes dormir más tranquilo: no tendrás que hacer la declaración de la renta porque son pensiones exentas de pago del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
¿Qué tipo de IRPF se aplica a las pensiones?
Depende de los ingresos anuales que tengas, debes aplicar una retención IRPF a la cantidad de tu pensión de jubilación u otra. Vamos a ver el tipo que se aplica dependiendo de la que tengas aprobada por la Seguridad Social.
Ten en cuenta que una pensión de jubilación se considera rendimiento del trabajo. Esto quiere decir que te van a coger una cantidad similar a la que tenías cuando estabas ocupando un puesto de trabajo. Revisa la Vida Laboral a conciencia, para saber el tiempo que has estado cotizando. Si tienes alguna duda, siempre puedes acudir a las oficinas del INSS con cita previa.
En el caso de que tus ingresos sean iguales o menores a 12.000 euros al año, tienes menos de un 1% de retención. Entre 12.000 y 18.000, tendrás un 2,61%. De 18.000 a 24.000, un 8,89%. Entre 24.000 y 30.000 euros un 11,83% y más de 30.000 un 15,59% de retención IRPF.
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