La salida del Estado de Alarma, la desescalada y la vuelta a la nueva normalidad. Con la aprobación del Ingreso Mínimo Vital, también llamada Renta Mínima Vital, y el incremento de ERTE y demandas de ayudas económicas por parte de las personas en paro, desempleados y familias vulnerables, han aumentado los bulos por las redes sociales.
Durante los últimos días, un mensaje puesto en circulación en WhatsApp y compartido en el resto de las redes de Internet como Facebook o Twitter, ha corrido como la pólvora. El mismo apuntaba a una reducción en las pagas extras de los jubilados, pensionistas o los que estuvieren dependiendo de alguna de las prestaciones del SEPE así como la de los funcionarios públicos.
Los mensajes culpaban de esta reducción a la puesta en marcha de la Renta Mínima Vital. Asimismo, como informaba noticiastrabajo.es también la semana pasada se dio a conocer otro bulo en el que se afirmaba que los españoles no cobrarían el paro simplemente por ser nacidos en este país.
Pero esto no es así e incluso el Ministro de la Seguridad Social ha tenido que desmentirlo. “No hay amenaza alguna de que pueda peligrar el sistema de las pensiones en España”, ha señalado Escrivá.
Además, hay que tener en cuenta que las pensiones de incapacidad permanente, así como aquellas que han tenido su origen en un accidente laboral, se cobran en doce meses. Es decir, la misma cuantía cada mes durante todo el año, ya que la paga extra está prorrateada. Y precisamente estas pensiones son el eje sobre el que se mueve el bulo.
En el caso de los demás receptores de pensiones de cualquier otra cuantía, el sistema de cobro es el mismo que se ha estado siguiendo. La pandemia del Covid-19 no va a afectarles. En España, los pensionistas de cualquiera de las modalidades de pensiones gestionadas por el SEPE reciben 14 ingresos al año, uno por cada mes y los dos restantes, correspondientes a las pagas extra.
Escrivá quiso matizar también que la cuantía que se cobrará en el caso de la paga extra no tiene nada que ver con la pandemia sanitaria, ya que la misma se calcula en función del momento en que pidas la jubilación porque dejes de trabajar o porque ya te corresponda.
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