Un juzgado de Las Palmas de Gran Canaria ha marcado un antes y un después en la lucha contra la violencia de género, declarando, por primera vez, como violencia machista vicaria matar a un animal para hacer daño a la pareja. La sentencia ha considerado probado que el hombre arrojó por un risco al perro de su pareja, con la intención de “quebrar psíquicamente a la mujer”, y ha sido condenado a doce meses y un día de cárcel.
Según explican desde el Poder Judicial de España la magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ha interpretado este episodio de maltrato animal como un acto de violencia de género gracias a una “perspectiva de género” que le permite conectar el delito con un caso de maltrato psicológico recogido en el artículo 153.1 del Código Penal.
La jueza lo ha dejado claro en la sentencia “la muerte del animal fue el instrumento elegido para causar el menoscabo psíquico”. Y añade que “no se trata de una mera simultaneidad fáctica, sino de una finalidad concreta: matar al animal para quebrar psíquicamente a la mujer”.
Amenazas y violencia para perpetuar el control
En la sentencia se considera probado que el pasado 13 de septiembre, el acusado llamó a su pareja y le dijo, “voy a matar al perro y después me mato”, refiriéndose al cachorro de cuatro meses que ambos compartían.
Poco después, la mujer se desplazó para intentar salvar al animal. Una vez allí, él volvió a amenazar. “No te acerques o tiro al perro y me mato”. Finalmente, "con ánimo de menoscabar la integridad psíquica de su pareja, lanza al perro por un risco", causando la muerte del animal.
El fallo destaca que esta violencia no iba solo contra el perro, sino que era un gesto “para perpetuar la dominación sobre la mujer”. Como resultado, la víctima sufrió un “cuadro de afectación psicológica que precisó una primera asistencia facultativa, con un tiempo de curación estimado en 90 días”.
La magistrada insiste en la importancia de aplicar la perspectiva de género, “supone entender que estamos ante un caso de violencia vicaria sobre animal de compañía, cuyo fin era perpetuar la dominación y el control sobre la mujer, reforzando la necesidad de una respuesta punitiva agravada y de medidas de protección eficaces”.
El acusado reconoció los hechos y aceptó la condena en un juicio rápido celebrado el pasado 22 de septiembre, por lo que el fallo es firme y sienta un precedente importante, la violencia vicaria también puede ejercerse a través del daño a los animales, cuando su único objetivo es hacer sufrir a la pareja.

