El Servicio Estatal Público de Empleo informa sobre la posibilidad de compatibilizar la prestación por desempleo y trabajar a la vez. El SEPE lo deja claro a este respecto. “Si estás cobrando prestación contributiva o el subsidio y empiezas a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial puedes optar por suspender la ayuda económica o compatibilizarla”, apunta el SEPE a través de su canal de Twitter.
? ¿Quieres compatibilizar un trabajo a tiempo parcial con tu prestación? ⤵️
— SEPE (@empleo_SEPE) January 16, 2022
? Si mientras estás cobrando prestación empiezas a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial puedes optar por suspender la prestación o compatibilizarla.
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Eso sí, hay que tener en cuenta que el importe de ésta será menor puesto que se reducirá en proporción a la jornada de trabajo que se realice. Por otra parte, cabe señalar también que si el paro no está agotado al terminar el contrato y se solicita su reanudación, se volverá a percibir la cuantía íntegra que le corresponda al interesado/a.
Otro punto a destacar es que para que se realice el cobro, entre los requisitos, hay que mantener la inscripción como demandante de empleo. El pago se realizará mediante el abono en la cuenta de la misma entidad financiera que se indique, siempre que sea titular de la misma.
Cuándo, dónde y cómo lo tramito en el SEPE
Si ha conseguido un puesto de empleo a jornada parcial, puede optar a:
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Interrumpir el cobro de la prestación mientras esté vigente el contrato.
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Compatibilizar el trabajo con el cobro de la prestación contributiva. En ese caso:
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Sí interrumpió la prestación y el contrato dura menos de 360 días, cuando este finalice, puede solicitar la reanudación que tiene interrumpida.
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Si el contrato dura 360 días o más, cuando acabe, puede solicitar una nueva prestación con estas cotizaciones u optar por reanudar la prestación que se paralizó al empezar a trabajar. Si se optara por reanudar, la cotizaciones que hubieran servido para generar la nueva prestación (que no se ha elegido), no podrán tenerse en cuenta para una prestación posterior.
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Trámite
Por otra parte, si se ha conseguido un puesto de trabajo a tiempo parcial, en el momento en que sepa que vaya a producir la firma del contrato, habrá que comunicarlo al SEPE de la siguiente forma:
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Desde la Sede Electrónica del SEPE si se dispone de certificado digital o DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve, al que se puede acceder a través de este enlace directo.
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A través del servicio de atención telefónica a la ciudadanía, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas. Aquí puedes encontrar el listín telefónico por provincias.
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Con la ayuda de la oficina de empleo, pidiendo cita previa en la Sede Electrónica del Servicio Público de empleo o en teléfono de cita previa.
Requisitos
Si está cobrando la prestación contributiva, habrá que cumplir con estos 2 requerimientos:
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Comenzar un trabajo a tiempo parcial mientras está percibiendo la prestación.
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Mantener la inscripción como demandante de empleo.
Duración y cuantía
Si se compatibiliza la prestación con la vacante a jornada parcial, la duración de la ayuda económica no cambia. Sin embargo, el importe será menor ya que se reducirá en proporción a las horas de trabajo efectivo. Sin embargo, si la prestación no está agotada al terminar el contrato y se solicita su reanudación, el ciudadano volverá a percibir la cantidad íntegra que le corresponda.
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