
Los décimos premiados de la Lotería de Navidad 2024 se pueden cobrar a partir de las 18:00 horas de la tarde del 22 de diciembre, cuando se celebra el Sorteo Extraordinario. Es muy importante tener en cuenta que el plazo para reclamar las ganancias caduca a los tres meses, y puede hacerse en metálico o a través de Bizum.
Plazo para cobrar la Lotería de Navidad 2024
Como hemos comentado anteriormente, todos los décimos que sean premiados en la Lotería de Navidad pueden cobrarse desde las 18:00 horas de la tarde del mismo domingo 22 de diciembre. El plazo termina a los tres meses. Es decir, el 22 de marzo de 2025.
Si tu premio es menor de 2.000 euros puedes cobrarlo en uno de los 1.600 puntos de venta de la red de Loterías y Apuestas del Estado. Si usas esta opción podrás tener tu dinero en metálico o a través de Bizum.
En el caso de que el premio sea superior a los 2.000 euros, deberás ir a un banco o a una caja de ahorro para cobrarlo.
Lista de entidades financieras autorizadas para cobrar los premios de la lotería
Loterías y Apuestas del Estado permite cobrar los premios en algunas de las entidades financieras autorizadas por SELAE. Esta es la lista actualizada y disponible en la página web de la organización:
- BBVA
- Caixabank
Para que puedan efectuar el pago es necesario facilitarles toda la información y documentación necesarias para el cumplimiento y obligaciones legales de identificación. Es una medida de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación de terrorismo.
Pasos a seguir para cobrar un premio mayor de la lotería
- Cuando ya hayas elegido la entidad financiera, desde SELAE recomiendan sacar cita previa en el banco para asegurarte de que puedan atenderte correctamente.
- No es necesario que tengas una cuenta en ese banco.
- No pueden cobrarte comisiones por la gestión.
- Solicitarán el original de tu documento de identidad, que debe estar en vigor.
- Completar los formularios relacionados con la ley orgánica de protección de datos personales (LOPD).
- Cuando el premio es compartido, la única peculiaridad es que deben acudir todos los titulares. Si es muy numerosos, pueden designar un representante que haga las gestiones en nombre de todos.
- El apoderamiento para nombrar a un representante se debe hacer ante notario, porque son importes muy elevados de caudales públicos y requiere certeza legal de a quién se paga y por qué.
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