El pasado 7 de abril se inició la campaña de la Renta del ejercicio 2020, que se realiza durante el 2021 y estará marcada por los efectos del coronavirus y los ERTE. Ahora mismo solo es posible presentarla por internet, pero, en las próximas semanas se abrirá su plazo para la presentación por teléfono.
Finalmente, el 2 de junio se habilitará para que esta pueda ser presentarse de forma presencial en las oficinas de Hacienda, pero tal y como se explica en este artículo será necesario solicitar una cita previa. La Agencia Tributaria ha habilitado los teléfonos 901 22 33 44, 91 553 00 71, 901 12 12 24 o 91 535 73 26.
Errores que debemos evitar en la declaración de la renta si hemos estado en ERTE
Antes de presentar nuestra declaración es importante ver que, si nos hemos visto afectados por un Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) contaremos con dos pagadores, la empresa y el SEPE. Estos deben estar reflejados en el borrador con los importes correctos (los ingresos percibidos durante el 2020). El certificado de rentas del SEPE puede obtener a través de la Sede Electrónica.
También, es importante señalar que todos los trabajadores que hubieran estado en ERTE, si han cobrado más de 14.000 euros y el segundo pagador (el SEPE) lo fuera por un importe superior a los 1.500 euros estará obligado a presentarla. Muchos afectados por esta situación creen que es injusto, ya que cuando solo se tiene un pagador el límite es de 22.000 euros anuales.
Para los trabajadores con un contrato laboral a jornada reducida debe saber que se encuentra en las mismas condiciones que las detalladas más arriba, ya que una parte de la nómina será abonada por la empresa y otra parte por el Servicio Público de Empleo Estatal.
Por último y para finalizar, si los afectados por un Expediente de Regulación de Empleo Temporal se prolongara más allá de 2020, es decir, que en 2021 siguiéramos en esta situación es muy recomendable solicitar al SEPE que nos aumente el tipo de retención para evitar pagar en la próxima declaración del IRPF.
De hecho hace poco este medio publicó una gráfica en la que se compraba que un trabajador en ERTE le salía a pagar en la declaración de la renta 1.600 euros. Esto es así porque el SEPE no aplica retenciones a la nómina de los desempleados por lo que, a la hora de hacer la declaración es muy posible que esta salga a pagar.
Hacienda permitirá pagar la renta de estos trabajadores en ERTE a seis meses sin intereses
Para reducir el impacto, la Agencia Tributaria ha permitido que los trabajadores afectados por esta situación y cuya declaración salga positiva (a pagar) puedan devolver el dinero de la declaración en seis meses sin intereses.
Generalmente, esto no es así, ya que Hacienda permite el pago de la declaración en dos cuotas. La primera del 60 % al presentar la autoliquidación y el 40 % restante en el mes de noviembre.
Para evitar esta situación el senador por La Palma, Pérez Sicilia ha logrado aprobar una moción en el Senado para que los trabajadores en ERTE no tengan que realizar la declaración de la renta.
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía