El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ratificado la declaración de incapacidad permanente absoluta de un profesor de la Universidad Complutense de Madrid, quien afirmaba poder comunicarse con los ordenadores a través de ondas cerebrales. La sentencia confirma el diagnóstico de trastorno delirante persistente, que impide al docente desarrollar su actividad profesional.
El docente, profesor de Derecho en la Universidad Complutense, recurrió la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que lo declaró en situación de incapacidad permanente debido a su condición médica. Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social número 4 de Madrid como el Tribunal Superior de Justicia han desestimado sus reclamaciones, confirmando que no está apto para desempeñar ningún trabajo.
La Universidad Complutense de Madrid solicita que le otorguen la incapacidad permanente
El proceso comenzó cuando el Servicio de Prevención de Riesgos y Medicina Legal de la Universidad Complutense calificó al profesor como no apto para trabajar, debido a un diagnóstico de trastorno de ideas delirantes persistente. Esto derivó en una declaración de incapacidad temporal, que posteriormente fue elevada a incapacidad permanente absoluta en marzo de 2023. Los informes médicos y forenses concluyeron que el docente no podía llevar a cabo ningún tipo de actividad laboral debido a la gravedad de su trastorno.
El profesor defendía que sus afirmaciones sobre la capacidad de interactuar con redes y sistemas de inteligencia artificial mediante ondas cerebrales no debían ser consideradas un delirio, sino una realidad sustentada por tecnologías como las interfaces cerebro-computadora (BCI) y cerebro-máquina (BMI). Pese a estas alegaciones, la Justicia ha mantenido que su estado de salud mental le impide ejercer cualquier tipo de trabajo.
¿Por qué los jueces han rechazado el recurso de suplicación?
El profesor interpuso un recurso de suplicación tras la desestimación de su demanda inicial, en la que solicitaba que se anulara la declaración de incapacidad permanente. En su recurso, insistió en que la tecnología que mencionaba era real y pidió la intervención de organismos como el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y el Ministerio de Defensa para que confirmaran la existencia de estas tecnologías. Sin embargo, estas solicitudes fueron rechazadas por considerarse improcedentes en el marco del procedimiento.
El Tribunal, en su sentencia, señaló que el reconocimiento de una incapacidad se basa exclusivamente en los síntomas clínicos del paciente, sin que sea necesario investigar las causas que él mismo atribuye a su situación. Los jueces afirmaron que los médicos deben centrarse en evaluar el estado de salud del trabajador, no en analizar posibles influencias tecnológicas no probadas científicamente.
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