Entregar 40.000 euros a una hija para comprar su primera vivienda en Cataluña puede suponer pagar apenas 100 euros en impuestos. Este es el caso práctico que utiliza la Agencia Tributaria de Catalunya (ATC) para explicar cómo funciona el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), regulado en la comunidad por la Ley 19/2010.
Para entender estos beneficios fiscales, el organismo plantea en su web el siguiente supuesto: una madre dona 40.000 euros a su hija para adquirir su primera vivienda habitual. Esta operación se considera una donación y, por tanto, tributa en el Impuesto de Donaciones.
En el ejemplo, la hija tiene 27 años, es menor de 36, uno de los requisitos clave, su patrimonio preexistente no supera los 500.000 euros y no ha recibido otras donaciones en los últimos tres años. La transferencia del dinero se realiza el día anterior al otorgamiento de la escritura pública. En el documento notarial se deja constancia de que el importe se destinará a la compra de la primera vivienda habitual. Además, la beneficiaria no tiene reconocida ninguna discapacidad.
Según el caso práctico, en su última declaración del IRPF la hija declaró una base imponible de 24.000 euros y un mínimo personal y familiar de 5.550 euros. Tan solo 15 días después de recibir la donación, adquiere el pleno dominio de la vivienda.
¿Por qué paga 100 euros en impuestos?
El resultado se explica por la aplicación de dos beneficios fiscales previstos en la normativa catalana. Por un lado, se aplica una reducción del 95% sobre el dinero donado cuando se destina a la compra de la primera vivienda habitual. En este caso, los 40.000 euros se reducen en 38.000 euros, por lo que la base liquidable queda en 2.000 euros.
Por otro, se aplica una tarifa reducida del 5%, correspondiente a las donaciones entre familiares directos (grupos I y II) formalizadas en escritura pública. Esta tarifa se aplica hasta los primeros 200.000 euros.
Al aplicar ese 5% sobre los 2.000 euros resultantes, la cuota final del impuesto es de 100 euros.
Cuáles son los requisitos para aplicar la reducción del 95% paso a paso
La Agencia Tributaria de Catalunya detalla que estos beneficios solo se aplican si se cumplen una serie de condiciones:
- La donación debe formalizarse en escritura pública
- El beneficiario debe ser menor de 36 años (salvo discapacidad igual o superior al 65%)
- La base imponible del IRPF, una vez aplicados mínimos personales y familiares, no debe superar los 36.000 euros
- La vivienda debe adquirirse en un plazo máximo de seis meses desde la donación
- Para donaciones anteriores al 27 de junio de 2025, el plazo es de tres meses
- La adquisición debe ser en pleno dominio (no se aplica a usufructo o nuda propiedad)
Todos estos requisitos deben cumplirse de forma simultánea. Si alguno falla, no se puede aplicar la reducción del 95% y la tributación pasa al régimen general, lo que puede incrementar considerablemente el impuesto a pagar.

