Son muchas las personas que han tenido que abandonar el mercado laboral para dedicarse a las tareas del hogar como amos o amas de casa, quedándose sin la posibilidad de seguir percibiendo un ingreso. En este caso y si han agotado la prestación contributiva por desempleo, estos desempleados pueden solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) el nuevo subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, una ayuda con una cuantía inicial de 570 euros al mes y que se puede cobrar durante un máximo de 30 meses.
Esta ayuda es el nuevo subsidio por desempleo que entró en vigor el pasado 1 de noviembre bajo el Real Decreto 2/2024 que regula la reforma de los subsidios por desempleo. Esta prestación unifica a resto de los subsidios por desempleo como son la ayuda familiar o el subsidio para mayores de 45 años. Es decir, estas prestaciones ya no están disponibles y los beneficiarios deberán acceder a esta nueva prestación.
Como novedades de esta nueva ayuda al desempleo, los desempleados percibirán de manera inicial una cuantía mayor, que la que actualmente se venía percibiendo, que era el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Además, también podrán solicitar la ayuda los menores de 45 años sin cargas familiares, algo que hasta ahora era imposible. Ahora, para acceder a ella es necesario cumplir estos requisitos.
Requisitos para cobrar la ayuda de casi 600 euros para quienes realicen labores domésticas
Tal y como explica el SEPE, para acceder subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, es necesario haber agotado la prestación contributiva por desempleo a la que se tuviera derecho. Además, si el solicitante es menor de 45 años y no tiene responsabilidades familiares, se requiere que la prestación contributiva que ha agotado haya tenido una duración mínima de 360 días. En cambio, aquellos que cuentan con responsabilidades familiares no necesitan cumplir con este periodo mínimo, independientemente de su edad. Por otro lado, habrá que cumplir con estos requisitos:
- Estar en situación de desempleo total o trabajando a tiempo parcial. En caso de tener varios empleos a tiempo parcial, la suma de las horas trabajadas no debe superar una jornada completa.
- Haber agotado la prestación contributiva el 1 de noviembre de 2024 o en una fecha posterior.
- Suscribir el acuerdo de actividad, que implica la disposición a participar en acciones de formación y búsqueda activa de empleo.
- Carecer de ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), o, de no cumplir este requisito, demostrar que existen responsabilidades familiares. Actualmente, el 75% del SMI esta fijado en los 850,5 euros al mes.
- En caso de haber trabajado tras el agotamiento de la prestación contributiva, debe haberse cesado de manera involuntaria o en una situación legal de desempleo, es decir, haber perdido el empleo de manera involuntaria.
Además, el solicitante deberá presentar una declaración responsable de ingresos, detallando todas las rentas del mes anterior a la solicitud, tanto propias como del resto de los miembros de su unidad familiar.
Duración y cuantía
La duración máxima del subsidio por desempleo depende de tres factores principales que son la edad del solicitante en el momento de agotar la prestación contributiva, la existencia de responsabilidades familiares, y el paro consumido. A continuación, se detalla la duración máxima del subsidio según estos criterios:
Sin responsabilidades familiares:
- Si el solicitante es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 360 días, el subsidio tiene una duración máxima de 6 meses.
- Si el solicitante tiene más de 45 años y ha agotado una prestación de 120 días o más, el subsidio también será de 6 meses.
Con responsabilidades familiares:
- Si la prestación agotada fue de 120 días, el subsidio se puede prolongar hasta 24 meses.
- Si la prestación agotada fue de 180 días o más, la duración máxima del subsidio será de 30 meses.
Si el solicitante accede al subsidio sin acreditar responsabilidades familiares, puede presentar esta acreditación en los siguientes 12 meses desde el inicio del subsidio. De hacerlo, en ese plazo, la duración máxima del subsidio se ampliará según el tiempo de prestación contributiva agotada.
Ahora, la cuantía del subsidio será variable y su porcentaje disminuirá con el tiempo. Así durante los 180 primeros días de ayuda se cobrará el 95% del IPREM (actualmente son 570 euros). A partir de día 181 y hasta el día 360 se cobrará el 90% del IPREM (540 euros) y a partir del día 361 y hasta su agotamiento se cobrará el 80% del IPREM (480 euros).
Por último, el SEPE abonará el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva a mes vencido entre los días 10 al 15 de cada mes.
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