La justicia se pone de parte de una víctima de ciberestafa y condena a BBVA a devolverle 4.902 euros a una clienta afectada por una de estas estafas. La resolución judicial, emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Las Palmas de Gran Canaria, señala que el banco no contaba con medidas de seguridad suficientes para prevenir este tipo de fraude.
Según el Consejo General de la Abogacía Española, que ha publicado la información relativa a esta sentencia, que todavía no es firme, BBVA intentó desvincularse de la responsabilidad argumentando que lleva a cabo campañas de concienciación para advertir a sus clientes sobre riesgos asociados a los fraudes telemáticos.
La víctima fue engañada por los ciberdelincuentes con lo que se conoce como phishing, una técnica de la que en muchas ocasiones ha alertado la Policía Nacional y que sirve para robar datos o dinero a los usuarios. Según explican desde la Abogacía, la sentencia detalla que la clienta recibió un SMS que simulaba ser una comunicación oficial del banco.
Dicho mensaje contenía un enlace con el que se le redirigía a página fraudulenta en la que tenía que introducir sus datos. Una vez dentro, y ante la imposibilidad de completar el proceso, la contactaron los estafadores por vía telefónica, haciéndose pasar por un empleado de BBVA, convenciéndola para realizar dos transferencias a una cuenta falsa.
La justicia considera que las acciones de BBVA fueron insuficientes y tiene que devolver a la víctima casi 5.000 euros
Sin embargo, los magistrados consideraron que dichas acciones son insuficientes frente a las obligaciones del banco como "comerciante experto", según afirmó Paloma González Llorente, abogada de Sello Legal Abogados. Para la letrada, la responsabilidad del banco no es la de “un buen padre de familia”, sino la de un experto en la gestión del dinero de sus clientes.
Consideran que BBVA, como entidad financiera, debe garantizar sistemas de seguridad que estén a la altura de las amenazas tecnológicas actuales y añaden que ante una “suplantación en la identidad de la entidad financiera, esta debe asumir la responsabilidad patrimonial y aumentar las medidas de seguridad específicas, y no meramente informativas, a la altura de los medios de pago que ofrece”.
La abogada, explica al Consejo General de Abogacía que el “cliente no tiene que estar continuamente sospechando cada vez que le llega una comunicación y mucho menos cuando la estafa está tan bien construida como esta”. Añade además que hay que poner el foco “en que la obligación del banco es la de contar con una banca online 100% segura,”
Los expertos explican que esta sentencia aún no es firme, por lo que se recomienda que en caso de estar afectado por un fraude de este tipo se acuda en primer lugar a las autoridades para denunciar los hechos antes de interponer una reclamación por vía civil.
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