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Irene Gil Alarcón, abogada y experta fiscal: “Todos los trabajadores pueden deducirse 2.000 euros en su declaración de la renta”

La Ley del IRPF contempla una reducción automática aplicable a cualquier contribuyente con rendimientos del trabajo, que puede ampliarse en determinados supuestos.

Irene Gil Alarcón es tuexpertafiscal_ en redes sociales
Irene Gil Alarcón es tuexpertafiscal_ en redes sociales |Irene Gil Alarcón
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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Todas las personas trabajadoras que perciben un salario o unos rendimientos tienen la obligación de rendir cuentas con Hacienda. Pero, así como los trabajadores deben tributar por sus salarios, también pueden deducirse parte de esos impuestos para que, en la próxima declaración de la Renta, salga a pagar menos o incluso para que el borrador resulte a devolver, es decir, que sea la Agencia Tributaria la que tenga que reembolsar dinero.

En este sentido, la abogada y experta fiscal Irene Gil Alarcón (@tuexpertafiscal_ en TikTok e Instagram) ha publicado un video para recordar que todos los trabajadores tienen derecho a deducirse 2.000 euros en su declaración de la renta. Tal y como explica, “2.000 euros siempre son un gasto deducible en cualquier trabajo”, una reducción que figura en el artículo 19.2.f de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley 35/2006) que se puede consultar en este BOE.

Este precepto establece una deducción fija por “otros gastos” aplicable a quienes obtienen rendimientos del trabajo, sin necesidad de justificarla con facturas ni comprobantes. Se trata de una reducción general y automática, que la Agencia Tributaria aplica directamente al calcular el rendimiento neto del trabajo, con el objetivo de compensar los gastos que los trabajadores suelen asumir en el ejercicio de su actividad laboral.

Incrementos por discapacidad y movilidad geográfica

Gil Alarcón explica, además, que esta deducción puede incrementarse en determinados casos. La propia Ley del IRPF contempla aumentos específicos para trabajadores con discapacidad. Así, la cuantía adicional puede alcanzar 3.500 euros anuales si el grado de discapacidad es igual o superior al 33 % e inferior al 65%, y 7.750 euros cuando el contribuyente acredite necesitar la ayuda de terceras personas, presente movilidad reducida o tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Otro supuesto de ampliación es el conocido como “incremento por movilidad geográfica”. Este beneficio fiscal se aplica a las personas desempleadas inscritas en una oficina de empleo que acepten un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se vean obligadas a trasladarse. En estos casos, la deducción general de 2.000 euros se incrementa en otros 2.000 euros adicionales, aplicándose tanto en el ejercicio en el que se produce el cambio de residencia como en el siguiente.

Un recordatorio útil de cara a la próxima campaña de la renta

La abogada aconseja no pasar por alto esta deducción en la declaración de la renta y verificar que la Agencia Tributaria la aplica correctamente. Aunque suele incorporarse de manera automática, comprobar el borrador antes de presentarlo es una buena práctica para evitar errores y aprovechar al máximo las reducciones permitidas por la ley.

“La mayoría de los trabajadores no son conscientes de que este ajuste fiscal les corresponde siempre, y en algunos casos incluso puede duplicarse”, explica Gil Alarcón en su vídeo. Su mensaje busca hacer ver a las personas trabajadoras sobre la necesidad de conocer las deducciones disponibles para no pagar más impuestos de los debidos.