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El Gobierno limita la TAE de los préstamos al consumo y pone tope a los microcréditos

El anteproyecto fija un límite transitorio del 22% a los intereses y obliga a devolver los créditos de alto coste en un mínimo de tres meses.

El Ministro de Economía, Comercio y Empresa de España, Carlos Cuerpo
El Ministro de Economía, Comercio y Empresa de España, Carlos Cuerpo |EFE
Ana Cara
Fecha de actualización:
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El Gobierno ha dado este miércoles un paso determinante para acotar el coste del crédito al consumo y proteger a los consumidores. El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley que limita los tipos de interés de estos préstamos y establece dos regímenes diferenciados: uno general, con topes a la Tasa Anual Equivalente (TAE), y otro específico para los créditos de alto coste, conocidos como microcréditos, que quedarán sujetos a restricciones más severas.

El texto, impulsado por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, que dirige Carlos Cuerpo, introduce por primera vez un sistema de límites vinculado al tipo medio del crédito al consumo, al que se añadirá un margen máximo en función del importe y del plazo del préstamo. Ese margen se desarrollará reglamentariamente y se aplicará por tramos.

Según el anteproyecto, para créditos de hasta 1.500 euros el margen máximo será de 15 puntos porcentuales; para los de entre 1.500 y 6.000 euros, de 10 puntos; para importes superiores a 6.000 euros con un vencimiento inferior a ocho años, de ocho puntos; y de seis puntos para los préstamos de más de 6.000 euros con un plazo superior a ocho años. Estos límites se actualizarán trimestralmente y serán publicados por el Banco de España antes de su aplicación.

La norma fija un límite máximo transitorio del 22% hasta que no entre en vigor el Real Decreto que concretará estos tramos. De igual forma se aplicará a las nuevas operaciones que se formalicen tras la entrada en vigor de la ley. Este tope se extenderá también a la liquidación de las operaciones vigentes de tarjetas revolving.

Microcréditos: tope mensual y fin de los plazos ultracortos

El segundo régimen afecta a los créditos de alto coste, habitualmente de bajo importe y plazos muy reducidos, conocidos como ‘microcréditos’. En este caso, el anteproyecto fija un tipo de interés máximo mensual del 4%, una comisión máxima del 5%, con un tope absoluto de 30 euros, y establece que el coste total no podrá superar el de un crédito a 12 meses por el mismo importe bajo el régimen general.

Además, se introduce un periodo mínimo de reembolso de tres cuotas mensuales, lo que en la práctica elimina los microcréditos con vencimientos inferiores a tres meses. El Ministerio de Economía ilustra el impacto de la medida con un ejemplo: actualmente, un préstamo de 300 euros a 30 días tiene un coste medio de 103 euros; con la nueva regulación, deberá devolverse en al menos tres meses, con un coste máximo de 40 euros. Si el consumidor decide reembolsarlo al mes, el coste será de 20 euros.

Estas limitaciones van acompañadas de mayores obligaciones de conducta para los prestamistas. Las entidades deberán facilitar una información “específica y reforzada” con al menos 24 horas de antelación y se endurecen las reglas de publicidad, que prohíben destacar la rapidez o facilidad de obtención del crédito por encima de elementos esenciales como la tipología y el coste total.

Registro obligatorio y nuevas figuras

Otra de las novedades del anteproyecto es que solo podrán conceder créditos al consumo las entidades registradas y supervisadas por el Banco de España. Con el objetivo de aumentar la competencia y ordenar el sector, se crean dos nuevas figuras: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado (Efcal) y los prestamistas de alto coste autorizados.

Los Efcal contarán con un régimen simplificado, sin exigencias prudenciales, mientras que los prestamistas de alto coste tendrán su actividad limitada exclusivamente a este tipo de productos, con la intención de profesionalizar un segmento tradicionalmente poco regulado. Economía subraya que los contratos concedidos por operadores sin autorización “serán nulos”.

Para prevenir el sobreendeudamiento, la ley refuerza la evaluación de solvencia y establece la consulta obligatoria del historial crediticio, que será siempre exigible en el caso de los créditos de alto coste. Las empresas que vendan bienes o servicios y ofrezcan financiación, como concesionarios o grandes superficies, solo podrán hacerlo mediante préstamos sin intereses.

Más transparencia y derechos del consumidor

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Carlos Cuerpo ha destacado el fuerte crecimiento del crédito al consumo, que alcanza los 114.000 millones de euros, un 15% del crédito total a las familias, con ritmos no vistos en dos décadas. Frente a esa expansión, el ministro ha alertado de la “falta de transparencia” de los microcréditos, cuyo volumen ronda los 500 millones de euros, apenas el 0,5% del total, pero que concentra cerca del 10% de las operaciones, alrededor de un millón.

El anteproyecto refuerza también la información precontractual, que deberá concentrarse en una sola página, y crea servicios de asesoramiento de deudas, que podrán incluir apoyo financiero, jurídico, psicológico y social. Además, amplía los derechos del consumidor en los reembolsos anticipados y en la comercialización de créditos vinculados a otros productos, especialmente seguros.

La norma incorpora, asimismo, la transposición de la directiva de servicios financieros a distancia, con medidas para reforzar el derecho de desistimiento en entornos digitales y combatir las ‘dark patterns’, técnicas de diseño que distorsionan la toma de decisiones de los usuarios.

El anteproyecto de ley y el Real Decreto que lo desarrolla se someten desde hoy a audiencia pública, para que los agentes interesados puedan presentar alegaciones a los textos hasta el 30 de enero.