
Todas las declaraciones se comprueban. Después de entregar el borrador, este año perteneciente al ejercicio 2022, la Agencia Tributaria verifica que el resultado sea el correcto, así como todos los datos que figuran en el documento. En este proceso, la declaración de la Renta pasa por distintos estados para confirmar que, efectivamente, ha resultado a pagar o a devolver.
En este último caso, cuando es el organismo quien tiene que abonar dinero al contribuyente, Hacienda permite consultar en qué fase se encuentra este trámite en todo momento. Para ello, solo hay que acudir a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, donde aparecen distintos mensajes dependiendo del punto del procedimiento en el que se encuentre.
“Su declaración se está tramitando”. Es el primer mensaje que los ciudadanos se pueden encontrar. Significa que la declaración se ha recibido correctamente, pero que todavía no ha comenzando su comprobación. Corresponde a la primera parte del proceso y, en la práctica, indica que desde el Fisco no han ordenado la devolución de dinero, ya que no se ha revisado. A este mensaje, si no se encuentra ningún error, le suceden tres más:
- “Su declaración está siendo comprobada”: avisa de que los técnicos han comenzando a revisar la declaración. Para continuar el proceso, Hacienda verifica la información a través del cruce de datos.
- “Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted”: indica que la información es correcta, por lo que la declaración ha sido aceptada, y que pronto emitirán la orden de pago (siempre por transferencia bancaria). Pero, hay que tener cuidado, en caso de que el mensaje completo sea el siguiente, “Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. No obstante su devolución está siendo comprobada”, cabe decir que, a pesar de que sea correcta, el Fisco ha encontrado deudas con una Administración Pública en vía ejecutiva (como pueden ser multas de tráfico). Por ende, revisará “la deuda” para abonar con la devolución lo que corresponda. Si sobrase dinero una vez saldada, ingresaría el importe restante.
- “Su devolución ha sido emitida el día X de X de 20XX; si en 10 días no ha recibido el importe, acuda a la delegación/administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal”: anuncia que la devolución ya ha sido enviada, por lo que se tendría que recibir en la cuenta bancaria en los próximos días.
Cómo saber si hay un problema con la declaración de la Renta
Además de los anteriores, existe un mensaje que avisa de que se ha producido una incidencia en la devolución de la declaración de la Renta. Se trata del siguiente: “La declaración con el importe indicado no ha sido grabada o está en proceso. Compruebe el importe”. En este caso, se ha podido producir cualquier problema con el envío, por lo que el contribuyente debe revisar con detalle toda la información y, en caso de no encontrar ningún error, acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para comprobarlo.
Por lo general, Hacienda efectúa la devolución del dinero en las dos semanas siguientes desde que se presentó la declaración. No obstante, dispone de un plazo de hasta 6 meses desde que finaliza la Campaña de la Renta para hacerlo: tiene hasta el 30 de diciembre para devolver el dinero. En caso de superar este límite, tendría que abonar los intereses de demora.

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