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Confirmado por la Junta de Andalucía: entra en vigor una nueva deducción de hasta 100 euros en la Renta de 2026 por gastos veterinarios tras su aprobación en el BOJA

La medida permitirá deducir el 30% de los gastos veterinarios vinculados a animales de compañía y perros de asistencia, con límites de renta.

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Juanma Moreno, presidente de la Junta de Andalucía, y Carolina España, consejera de Economía |EFE
Fernando García Ferrer
Fecha de actualización:
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La Junta de Andalucía incorporará a partir de 2026 una nueva deducción autonómica en el IRPF destinada a compensar parte de los gastos veterinarios asociados a la adquisición de animales de compañía y a la tenencia de perros de asistencia. La medida forma parte del Presupuesto de la comunidad para 2026 publicado el pasado miércoles en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), lo que supone su entrada en vigor desde el 1 de enero. La deducción permitirá a los contribuyentes deducir hasta 100 euros anuales por este tipo de gastos.

La deducción se enmarca en unas cuentas autonómicas que alcanzan los 51.597,9 millones de euros, las más elevadas de la historia de la comunidad, y que corresponden al último presupuesto de la legislatura, ya que este mismo año están previstas elecciones autonómicas. Aunque el presupuesto es formalmente de 2026, la norma establece que la deducción tendrá efectos desde el 1 de enero de 2025, por lo que podrá aplicarse ya en la próxima declaración de la renta.

Así es la nueva deducción por gastos veterinarios en Andalucía

Según recoge la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026, los contribuyentes podrán aplicarse una deducción en el IRPF equivalente al 30% de los gastos veterinarios abonados durante el año, derivados de la adquisición de un animal de compañía o con la tenencia de un perro de asistencia. Esta deducción se aplicará sobre la cuota íntegra autonómica del impuesto y tendrá un límite máximo de 100 euros anuales por contribuyente, con independencia del importe total gastado.

Con carácter general, la deducción solo podrá aplicarse durante el primer año desde la compra o adquisición del animal de compañía. En cambio, cuando el animal se haya obtenido mediante adopción, el beneficio fiscal se amplía y podrá aplicarse durante los tres años posteriores a la adopción. En el caso de los perros de asistencia, la deducción no tiene un límite temporal concreto y podrá aplicarse a lo largo de todo el tiempo que el animal permanezca con el contribuyente.

Requisitos, gastos deducibles y límites de renta

La norma delimita con qué gastos dan derecho a la deducción. En concreto, entran los gastos de vacunación, desparasitación y otros tratamientos obligatorios según la normativa andaluza, así como los gastos de esterilización cuando esta sea obligatoria conforme a la legislación de protección animal. Para poder beneficiarse de la deducción, será imprescindible que todos los gastos estén justificados con una factura emitida por un veterinario o un centro veterinario debidamente autorizado.

La deducción no será para todos los contribuyentes, ya que solo podrán aplicarla quienes no superen determinados niveles de renta. En concreto, la suma de la base imponible general y del ahorro no podrá exceder de 80.000 euros en declaraciones individuales ni de 100.000 euros en declaraciones conjuntas. Además, en el caso de los animales de compañía, solo darán derecho a la deducción aquellos que se hayan adquirido a partir del 1 de enero de 2025, requisito que no se exigirá para los perros de asistencia.

Bienestar animal, salud pública e inclusión social

La Junta de Andalucía defiende esta nueva deducción como una forma de mejorar el bienestar de los animales y proteger la salud pública. El Gobierno autonómico señala que muchas enfermedades pueden evitarse mediante vacunas, desparasitaciones, tratamientos obligatorios y la esterilización, y que facilitar el acceso a estos servicios veterinarios ayuda a que los propietarios cumplan con las obligaciones legales.

La medida cobra especial relevancia cuando se trata de adopciones, ya que fomenta una tenencia responsable y contribuye a reducir el abandono de animales. Además, el presupuesto pone el foco en los perros de asistencia, reconociendo su papel clave en la inclusión social y en la mejora de la calidad de vida de personas con discapacidad visual, auditiva, física, con trastornos del espectro autista o con enfermedades que requieren apoyo permanente.

De manera específica, la deducción incluye también a los perros de aviso que acompañan y protegen a víctimas de violencia de género, siempre que cumplan los requisitos legales. Según la Junta, garantizar los cuidados veterinarios de estos animales no solo protege su salud, sino que también refuerza la seguridad, la autonomía y la calidad de vida de las personas que dependen de ellos, subrayando así el componente social de este incentivo fiscal.