Fallece un familiar o persona con la que se poseen lazos sanguíneos o emocionales y se recibe una notificación de que se es heredero o se forma parte del testamento. Bienes inmuebles, vehículos o dinero son algunas de las propiedades que suelen transmitirse en una herencia. Sin embargo, las herencias no son todo lo regalo que parecen en un primer momento. De hecho, en la última década no han hecho más que aumentar las renuncias a herencias más de un 100%. Además, hay que hacer el trámite.
Muchos las califican como un regalo envenenado, ya que, al cambiar de propietario, están gravados por la Agencia Tributaria, incluso si viene fuera de España y con dinero en efectivo. Es decir, hay que pagar impuestos en su obligación de declararlos a Hacienda, independientemente de si se da en vida del donante o si se recibe como herencia. Incluso, puede ocurrir que esas propiedades ya lleven implícita una carga fiscal que también se trasladará con ellos a su beneficiario.
¿Qué impuestos hay que pagar en una herencia cuando viene del extranjero?
La asesoría fiscal y jurídica especializada en fiscalidad internacional, constitución de empresas o el popular modelo de declaración 720, ‘Ilia Consulting’, indica los gravámenes que hay que pagar en caso de ser heredero:
- Impuesto de sucesiones y donaciones. Gestionado y pagado a las Comunidades Autónomas. Lo que se pagará dependerá, por tanto, de dónde falleció.
- Plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). Únicamente en el caso en que se herede bienes inmuebles o terrenos de naturaleza urbana.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Únicamente si se ha obtenido ganancia patrimonial de ese bien.
- Modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero. Ciertamente, no es el pago de un impuesto, sino una declaración informativa en pro de evitar el fraude fiscal. Obviamente, solo se tendrá que cumplimentar si la herencia proviene de fuera del país. Sin embargo, las sanciones por no cumplimentarlo pueden llegar a ser elevadas.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 720 para herencias en el extranjero y con dinero en efectivo?
- Personas físicas y jurídicas que vivan en España.
- Si no son residentes, aquellos que se hayan establecido en el país y que reciban una herencia de cualquier tipo del extranjero a partir de 50.000 euros.
- Herencias yacentes o comunidades de bienes reguladas en el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria. Esto es el nombre que se le da a la herencia en el tiempo que pasa entre que fallece el causante y el heredero acepta la herencia.
Plazo para presentar el modelo 720 para herencias en el extranjero
Desde el 1 de enero al 31 de marzo de cada año. No se tendrá que realizar cuando se haya hecho el año anterior y no haya habido incrementos en las anteriores tres categorías de más de 20.000 euros.
Multas por no presentar el modelo 720 para herencias en el extranjero
Las sanciones que estipula la normativa son de 30.000 euros si se cumplen las tres categorías anteriores. Si la obligación se refiere a una sola de las categorías, la sanción sería de 10.000 euros.
Además, incluso presentando el modelo te pueden imponer el recargo de un pago extra. Esto ocurrirá cuando no se haya presentado de forma voluntaria y haya sido Hacienda el que lo haya tenido que solicitar.
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