El Ministerio de Consumo prohíbe a las aerolíneas de bajo coste Ryanair, Vueling, Volotea y EasyJet cobrar por el equipaje de mano que se sube a la cabina del avión o imprimir el billete. La sanción además impone el pago de 150 millones de euros, una multa histórica para estas compañías. Según informa la Cadena Ser, que tuvo acceso al expediente, hay otras tres prácticas que quedan ‘técnicamente’ prohibidas.
Es decir que, si bien las aerolíneas aún pueden recurrir ante Consumo y después a nivel judicial, deberían dejar de cobrar por estos extras que incluyen: elegir el asiento para que los padres no viajan separados de sus hijos, por el precio que aparece en pantalla y que al pagar aumenta, y por querer pagar los billetes con dinero en metálico. Pero entonces, lo que muchos se preguntan es ¿ya no van a cobrar estas compañías por estos servicios?
En qué consiste la sanción a Ryanair, Vueling, Voletea y EasyJet
La multa que ha impuesto el Ministerio de Consumo a Ryanair, Vueling, Voletea y EasyJet tiene dos partes, una económica y otra, la prohibición de cobrar por cuatro prácticas habituales. Por lo tanto, además de tener que pagar en total 150 millones de euros, estas aerolíneas de bajo coste tienen prohibido:
- Cobrar por elegir el asiento. Esto ocurre cuando la aerolínea asigna aleatoriamente los asientos, y por ejemplo, en el caso de padres con hijos menores, los sienta separados. Hasta ahora, las compañías cobraban un recargo por seleccionar asientos juntos, si el adulto quería volar junto a su hijo. Esto ya no podrán hacerlo ya que se considera que puede resultar en un “perjuicio a personas vulnerables”, generando una situación de desamparo.
- Cobrar por llevar el equipaje de mano en la cabina. Estas aerolíneas ya no podrán exigir el pago por subir el bolso o maleta, ya que se considera que es ‘abusiva’. Hasta el momento lo hacían a partir de determinadas medidas.
- Pago en metálico. Algunas de estas aerolíneas de bajo coste obligaban a los pasajeros a pagar un recargo por comprar billetes en los aeropuertos. Ahora, no podrían seguir haciéndolo.
- Cobrar más del precio que aparece en pantalla. Usualmente, el coste del billete de avión es uno al seleccionarlo en la web, y a medida que se van completando los pasos, aumenta. Consumo considera que esto constituye “una falta de transparencia en la información contractual” y “una práctica comercial desleal que dificulta comparar ofertas y la toma de decisión” de los usuarios. Ocasionando, un perjuicio económico.
Sanción a Ryanair por cobrar por imprimir el billete
La sanción del Ministerio de Consumo, a la que tuvo acceso la Cadena SER, llama la atención de forma especial a la aerolínea Ryaniar por cobrar 20 euros a los pasajeros para imprimir el billete. El organismo considera que “es un coste desproporcionado por imprimir (en papel) la tarjeta de embarque” y que supone una práctica abusiva, “al no corresponder con costes reales asumidos por la empresa y generar un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes”.
Entonces, ¿ya no van a cobrar por estas prácticas?
En principio, estas cuatro aerolíneas de bajo coste no deberían seguir cobrando por estas prácticas a los pasajeros, ya que la sanción lo prohíbe. Dependerá entonces, de la voluntad de acatar o no la medida que aún pueden recurrir ante el Ministerio de Consumo y más tarde, por la vía judicial. Si no lo hacen, estarán expuestas a nuevas sanciones económicas que no representan un gran impacto en sus beneficios.
Como referencia, esta multa de 150 millones de euros, que es histórica, pero solo es el 5% de las ganancias de las aerolíneas. Tres de estas tienen beneficios cercanos a los 400 millones de euros, y solo Volotea, lleva cuatro años de pérdidas.
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