El precio de la luz no deja de subir y comienza a notarse en la economía de las familias españolas. Los altos precios a los que llega la tarifa de la luz afecta tanto a los más vulnerables como a la clase media. Por tanto, son muchas las personas que no pueden pagar los recibos la luz. Pero, ¿qué pasaría entonces?, ¿cuándo pueden cortar la luz?
Tal como explica el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el corte de suministro de electricidad se puede ejecutar siempre que se contemple la posibilidad en el contrato. De forma general, el periodo de pago para pagar la factura de la luz es de 20 días naturales desde su emisión. No obstante, en el caso de los consumidores que estén regulados por el mercado libre, la comercializadora puede imponer un plazo diferente.
De forma excepcional, vigente de momento hasta el 31 de diciembre de 2022, las comercializadoras tienen prohibido realizar cortes de suministro a las personas beneficiarias del bono social, tal como se establece en el Real Decreto-ley 8/2021 que se impuso como medida de protección durante la pandemia. Pero, ¿hay otros hogares que pueden ceñirse a esta exención?
Suministros esenciales que no pueden ser suspendidos
La Ley 24/2014 del Sector Eléctrico, recoge un grupo de consumidores a los que no se les puede suspender el suministro. Reciben el nombre de “suministros esenciales” y son los siguientes:
- Hospitales, servicios funerarios y centros penitenciarios.
- Viviendas habituales donde deba permanecer encendido un equipo médico indispensable para mantener con vida a una persona.
- Viviendas habituales de consumidores vulnerables severos acogidos al bono social y que sean atendidos por los servicios sociales debido a su renta y por estar en riesgo de exclusión social.
- Suministros donde el titular sea beneficiario del bono social y haya acreditado formar parte de una unidad familiar donde hay un menor de 16 años.
- Cuando uno de los miembros se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II /III o tenga una discapacidad igual o superior al 33 %. Se debe encontrar en una situación de vulnerabilidad social acreditada.
Asimismo, no se puede cortar la luz los días festivos o en los que no está disponible el servicio de atención al cliente.
¿Cuánto tiempo tiene que pasar para que corten la luz?
Si no se paga el recibo de luz, no pueden cortar el suministro sin avisar. En primer lugar, como explica Endesa en su web, la comercializadora envía un aviso cuando finaliza el plazo de pago de la factura. Por lo general, se recibe por carta postal. Si después de este aviso, se siguiera sin abonar el importe, enviarán una notificación de impago, normalmente por burofax o carta certificada.
Aquí ya se advierte de la intención de cortar el suministro, indicando la empresa una fecha específica. En caso de que, aun así, no se cumpliera con el pago, mandan un tercer burofax o carta certificada donde se anuncia el corte de luz y se procede a la “interrupción efectiva del suministro”. ¿Qué tiempo debe de pasar para que se produzcan estos cortes de suministro? Depende del mercado que regule el contrato:
- Mercado libre: tanto el plazo de pago como en el de corte se recoge en el contrato.
- Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC): el plazo de pago es de 20 días desde que se emite la factura. Desde la recepción del primer aviso, deben pasar 2 meses hasta que corten el suministro. En el caso de los consumidores con bono socia serían cuatro meses, aunque temporalmente, como se ha explicado, gozan de protección.
Cómo solucionar un corte de luz
En caso de estar sin electricidad, el primer paso es identificar cuál ha sido el motivo del corte del suministro:
- Avería en la vivienda: comprobar si ha sido una avería intentando subir los automáticos del cuadro eléctrico. De no funcionar, será una avería en la instalación o un corte por impago.
- Revisar si el resto de los vecinos y zonas comunes del edificio cuentan con suministro: si no es así, será un problema individual.
- Si afecta a más zonas del barrio, será un corte por trabajos de mantenimiento de la empresa distribuidora o por una avería en la red. De ser lo primero, las comercializadoras están obligadas a informar de ello con una antelación mínima de 24 horas.
Qué hacer si cortan la luz por impago
De no pagar las facturas (pese a los avisos recibidos), realizar un enganche ilegal o manipular el contador eléctrico, la comercializadora procederá a realizar un corte de luz. Para solucionar el problema, lo primero es abonar la factura pendiente. Hay que tener en cuenta que, por los retrasos, se pueden aplicar intereses de demora. Satisfecha la deuda, se volverá a tener suministro en un máximo de 24 horas, a no ser que haya sido definitivamente dado de baja.
De ser así, se tiene que volver a dar de alta la luz, lo que requiere unos pagos adicionales equivalente al doble de los derechos de enganche vigentes, como compensación por los gastos de desconexión. Según Endesa, el total rondaría los 20 euros. En cuanto al tiempo para restablecer el servicio, en este caso la empresa contaría con hasta 7 días hábiles.
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