Las ofertas de los supermercados y el modo en que se aplican vuelven a ponerse en el foco de la justicia con la reciente sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Concretamente ha sido la denuncia de una asociación de consumidores de Alemania quien impugnó ante este órganos el modo en la que cadena de supermercados Aldi “hace publicidad en sus folletos semanales mediante reducciones de precios para algunos productos”, recogen desde Europa Press.
Ahora en esta sentencia queda reflejado que las ofertas de supermercados deben calcularse sobre el precio más bajo del últimos mes. Así se evitan la clásica ‘trampa’ de algunos supermercados que suben el precio de algunos productos, para luego bajarlos y destacarlos en sus folletos promocionales como “la gran rebaja” por un tiempo determinado. A fin de cuentas, en muchas ocasiones, la rebaja es mínima o inexistente.
Tal y como indican los magistrados del TJUE, la cual ha creado jurisprudencia para el resto de países, “Aldi no puede calcular una reducción del precio que figure en un anuncio sobre la base del precio inmediatamente anterior a la oferta”. A partir de ahora debe ejecutarse esa rebaja “sobre la base del precio más bajo aplicado durante los últimos 30 días”.
Evitar inducir al consumidor a un ‘error’ en el precio de los productos rebajados
Desde la citada agencia de noticias recogen que esta legislación vienen a acabar con una práctica y se impide que los comerciantes induzcan a error a los clientes aumentando el precio aplicado antes de anunciar una reducción del precio y presentando así falsas rebajas.
Una reducción del precio anunciada por el comerciante en forma de porcentajes o de una mención publicaría que tiene como objetivo resaltar el carácter ventajoso de una rebaja del precio se debe determinar a partir de ese momento por este nuevo prodecimiento.