Adiós a los subsidios parciales: El SEPE los eliminará a partir de esta fecha

A partir del 1 de noviembre los trabajadores a tiempo parcial cobrarán el subsidio con la cuantía íntegra, es decir, sin reducciones.

Francisco Miralles

El 1 de noviembre de 2024 entrará en vigor la primera fase de la reforma de los subsidios por desempleo regulada a través del Real Decreto-ley 2/2024. Entre las medidas anunciadas destaca una que beneficiará a los trabajadores a tiempo parcial, ya que se eliminarán los conocidos como subsidios parciales, permitiéndoles acceder a la prestación completa.

Hasta ahora, cuando un trabajador a jornada parcial accedía a un subsidio por desempleo, este lo cobraba en proporción a las horas trabajadas. Por ejemplo, si el último contrato de trabajo fue a media jornada, el subsidio sería el 50% de la cuantía estándar (que es el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples o IPREM), por lo que cobraría 240 euros al mes, teniendo en cuenta las cuantías actuales. Con la nueva norma aprobada por el Ministerio de Trabajo liderado por la Vicepresidenta Segunda Yolanda Díaz, esta medida desaparecerá y todos los trabajadores cobrarán la cuantía íntegra sin importar el tipo de jornada o contrato de trabajo.

Menos subsidios y más accesibles

Además de la eliminación de los subsidios parciales a partir de 1 de noviembre, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) introducirá otros cambios importantes. Por un lado, se elimina, o mejor dicho, se unifican gran parte de los subsidios ordinarios por desempleo entre los que se encuentra el subsidio para mayores de 45 años y la ayuda familiar. De esta forma, los trabajadores al caer en el desempleo podrán acceder al subsidio por insuficiencia de cotización (si no tienen derecho a paro) o al subsidio por agotamiento de la prestación contributiva (que se accede tras agotar el paro).

La duración del subsidio por insuficiencia de cotización dependerá del tiempo cotizado y de las responsabilidades familiares del solicitante. Para aquellos que hayan cotizado entre 3 y 5 meses, la duración será equivalente al número de meses cotizados. En el caso de contar con seis meses cotizados y responsabilidades familiares, el subsidio podrá extenderse hasta 21 meses.

En cuanto al subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, la duración dependerá de la edad del solicitante y del tiempo que haya consumido de la prestación contributiva. Los menores de 45 años que hayan agotado al menos 360 días de prestación podrán recibir el subsidio durante seis meses. Los mayores de 45 años sin responsabilidades familiares necesitarán haber consumido un mínimo de 120 días de prestación para acceder a este mismo periodo de subsidio.

Por otro lado, aquellos con responsabilidades familiares podrán acceder a un subsidio de hasta 24 meses si han agotado al menos 120 días de prestación contributiva, y de hasta 30 meses si han consumido 180 días de dicha prestación.

Mejores cuantías

Otros de los cambios, beneficiará a las cuantías de las prestaciones, las cuales también experimentarán una subida, especialmente en los primeros meses. Durante los primeros seis meses, los beneficiarios recibirán el 95% del IPREM vigente (actualmente 570 euros); durante los seis meses siguientes, el 90% del IPREM (540 euros); y, tras ese periodo, la cuantía se ajustará al 80% del IPREM (480 euros) hasta agotar el subsidio.

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