El Congreso de los Diputados ha aprobado en el pleno de este jueves el nuevo impuesto sobre la plusvalía y el proyecto de ley de reducción de temporalidad en el sector público, que contempla que los interinos de larga duración se conviertan automáticamente en funcionarios. Ambos textos legislativos pasarán ahora al Senado para ser tramitados con carácter de decreto ley.
Más dificultades ha tenido para ello la la nueva formulación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, el nombre técnico de la plusvalía municipal. Sobre el que PP y VOX han votado en contra, poniendo en valor la sentencia del Tribunal Constitucional que lo ha mantenido inactivo alrededor de un mes, y a los ayuntamientos, temblando por temor a su consecuente pérdida de ingresos.
El Partido Popular, a través de su portavoz fiscal, Carolina España se ha lamentado públicamente de cómo el Gobierno “ha perdido una oportunidad de oro para suprimir el impuesto”, del que ha afirmado que su reformulación "puede considerarse un nuevo impuesto". Al hilo de esto, Inés Cañizares, lo ha tildado de “atraco y engaño” para los ciudadanio.
Impuesto a la plusvalía: “constitucional y justo”
Por su parte, el Gobierno de España, con la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero como voz autorizada, ha celebrado de la “celeridad” entre la sentencia y el establecimiento de un nuevo método de calculo de la base imponible de este impuesto, que afirma ahora sí ser “constitucional y justo”, amoldándose a la jurisprudencia de la sentencia del mes pasado y la de 2017. Ahora, como se recalca, no se tendrá que pagar siempre y nunca será mayor que la propia plusvalía obtenida.
Además, ha querido dar un toque a los Ayuntamientos, recordando que la partida presupuestaria de ingresos corrientes municipales es un 11% mayor (22.122 millones de euros) respecto al pasado año y que este impuesto solo se aplica en la mitad de municipios, en los que en un 75 % solo supone un 3 % de su recaudación de los fondos de compensación municipales.
Hacienda ofrece ahora dos alternativas de cálculo según la que más beneficie al contribuyente. No se deberá pagar nada si se ha perdido dinero con la transacción.
- Por el valor catastral: la que se asemeja a la que se usaba hasta ahora y el Gobierno ha modificado. La Dirección General de Catastro marcará el importe, al que se le aplicará un coeficiente que aún debe de establecerse, según el mercado inmobiliario. Este método se irá regulando año a año en los Presupuestos.
- Por la diferencia entre el valor de venta y el precio de compra: he aquí la novedad: La diferencia entre lo que se pagó por su compra y lo que se recibe por su venta. Solo se abonará si el resultado es mayor que el que indica la Dirección General del Catastro. En ese caso se aplicará un máximo del 30 %, no sobre la ganancia, si no a la proporción que se corresponde al valor catastral del suelo sobre el total.
Ley de reducción de temporalidad: interinos con cinco años de antigüedad, fijos
Más facilidad lo ha tenido para salir adelante la ley de temporalidad que contempla como principal medida que aquellos interinos que con más de cinco años de antigüedad, considerados de larga duración, podrán conseguir una plaza fija sin necesidad de superar un concurso de oposición, como era antes necesario. Ahora bastará con un concurso de méritos.
Una medida que la Abogacía del Estado calificó como “inconstitucional” pero que se ha acabado aprobando por 170 votos a favor, 5 en contra y 156 abstenciones. Otro real decreto ley que pretende reducir la temporalidad del sector público del actual 30 % al 8 % con una oferta de empleo público que se aprobarán antes del 1 de junio de 2022 y se convocarán antes de 2024.
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