
Ser autónomo implica tener la responsabilidad de gestionar nuestro propio negocio y generar ingresos por cuenta propia. Sin embargo, en ocasiones puede ocurrir que no se facture durante un periodo determinado, ya sea por falta de clientes, problemas económicos o cualquier otra circunstancia.
Como tal, un autónomo sin ingresos o con ingresos bajos es una persona que desarrolla sus actividades profesionales por cuenta propia y que no supera los 1.000 euros en ingresos al año. Como tal, no tiene la obligación de realizar la declaración de la Renta, pero, sin embargo, cuenta igualmente con la opción de hacerla.
Hacienda y Seguridad Social seguirán exigiendo el cumplimiento de obligaciones a un autónomo sin ingresos
Y es que tanto Hacienda como Seguridad Social siguen exigiendo el cumplimiento de una serie de obligaciones, entre ellas el pago de la cuota de autónomos y la presentación de las declaraciones fiscales correspondientes, aunque estas tengan cero como resultado.
En el caso de la cuota de autónomos, este 2025 tiene un importe mínimo de 200 euros mensuales, aunque la cantidad final dependerá de la base de cotización según los ingresos estimados. El pago se realiza mediante domiciliación bancaria automática, por lo que se necesitará mantener saldo suficiente en tu cuenta.
Es ahí que el impago de la cuota genera los siguientes recargos:
- 10% si se realiza el pago durante el primer mes tras la fecha límite.
- 20% tras el primer periodo de recargo.
- 35% si se inicia el procedimiento de apremio.
De hecho, y además del pago de la cuota, un trabajador por cuenta propia debe presentar las declaraciones trimestrales de impuestos, aunque no haya facturado. Dejar de presentar estas declaraciones, aunque no se hayan generado ingresos, puede acarrear sanciones por parte de Hacienda.
Esta es la presentación del modelo 303 de IVA en sus declaraciones trimestrales, en la cual estaremos obligados a hacerla. Puede ocurrir, también, que en caso de haber tenido gastos, se podrá declarar el IVA soportado para deducirlo.
El sistema de cotización por ingresos reales es una forma de adaptar la situación económica
Al respecto, y con la reforma de 2023 y el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, los autónomos pueden ajustar su cuota en función de lo que ganen. Ello hace que se pueda modificar la base de cotización hasta seis veces al año, siempre que se realice dentro de los plazos establecidos.
Esto permitirá adaptar la cotización a la situación económica del autónomo dentro de los límites fijados por la normativa. Para hacerlo, tal y como comunica la Seguridad Social, se deberá solicitar el cambio antes del 30 de junio para que entre en vigor en el mes pretendido.
Este sistema de cotización, en concreto, establece 15 tramos de ingresos con bases máximas y mínimas entre los que el trabajador autónomo deberá escoger en función de sus perspectivas de negocio, las cuales podrán actualizar cada dos meses y hasta un máximo de seis veces al año. En función del tramo en el que se incluya, los trabajadores deberán asumir una cuota mensual, que se irán revisando anualmente, cuando se tendrán que pactar nuevos tramos.
Para que sea posible confirmar las bases de cotización en función de los ingresos, la Seguridad Social cruzará los datos con la Agencia Tributaria para comprobar si la previsión de ingresos coincide con los rendimientos reales declarados en la renta. Si un autónomo ha cotizado de más, recibirá una devolución. Sin embargo, si ha cotizado por debajo de lo que le correspondía, deberá abonar la diferencia.

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