Logo de Huffpost

Hacienda avisa de las multas por no realizar estos trámites antes del 21 de abril

El calendario del contribuyente fija las fechas clave para la presentación de impuestos, y estos son los más habituales que deben presentar los autónomos este mes de abril.


La ministra de Hacienda, María Jesús Montero
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero |EFE
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

El mes de abril es una fecha clave tanto para Hacienda como para los contribuyentes y es que durante este mes son muchos los impuestos que hay que presentar. El más conocido y que afecta a los españoles es la declaración de la Renta, que ha abierto el plazo de presentación este 2 de abril, pero hay muchos más. Estar al día de las obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria es fundamental para evitar sanciones y recargos, pero ¿quién tiene que rendir cuentas este mes de abril?

Además de los obligados a presentar la declaración de la Renta, el mes de abril es una fecha señalada en el calendario de los trabajadores autónomos, y es que es el momento de la declaración trimestral, cuyo plazo estará abierto del 1 al 21 de abril.  

Hay que tener en cuenta que si bien todas las declaraciones trimestrales son obligatorias, no todos los autónomos tienen que realizarlas todas, y es que esto dependerá del tipo de actividad que se realice, según explican los expertos de TaxDown. 

Estas son las declaraciones trimestrales que hay que presentar este mes de abril 

La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) señala en su calendario las obligaciones fiscales de este mes de abril. 

Modelos de IRPF

Aunque el IRPF es impuesto anual, el caso de los autónomos, según aclaran los expertos, tienen que presentar de manera trimestral el pago a cuenta el mismo. Es decir, que se paga por adelantado una parte del impuesto que se liquidará posteriormente

Para esto hay dos modelos liquidación diferentes

  • Modelo 130: para los autónomos acogidos al método de estimación directa.
  • Modelo 131: para los autónomos acogidos al método de estimación objetiva.

Además de estos pagos a cuenta, hay que hacer las declaraciones de las cantidades que se han retenido a otros por ley. Estos son los modelos:

  • Modelo 111: Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.
  • Modelo 115: Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • Modelo 117: Rentas procedentes de transmisión o reembolso de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva y de las transmisiones de derechos de suscripción
  • Modelo 123: Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas de no residentes.
  • Modelo 124:Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.
  • Modelo 126: Rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras.
  • Modelo 128: Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedente de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • Modelo 136: No residentes. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas
  • Modelo 210: Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente.
  • Modelo 216: No residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente.

Como se ha dicho, no todos los autónomos tendrán que presentar estos modelos, los más habituales son el 111 y el 115.

Modelos de IVA

El impuesto sobre el valor añadido (IVA) es otro de los que tendrán que presentar este mes de abril, y Hacienda informa que antes del día 21 deberán entregarse los siguientes modelos: 

  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Primer trimestre 2025. Autoliquidación: 303
  • Primer trimestre 2025. Declaración-liquidación no periódica: 309
  • Primer trimestre 2025. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
  • Solicitud de devolución de cuotas reembolsadas a viajeros por empresarios en recargo
  • de equivalencia: 308
  • Solicitud de devolución por sujetos pasivos en el régimen simplificado del IVA y que
  • ejerzan la actividad de transporte de viajeros o de mercancías por carretera, por
  • adquirir determinados medios de transporte: 308
  • Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y
  • pesca: 341

En el caso de los modelos de IVA, los más comunes, según informan desde TaxDown son el 303, el 309 y el 349.

Modelos de Impuestos sobre sociedades

En el caso de este impuesto, el modelo a presentar con carácter general es el 202 y sería como en el caso de los modelos de IRPF 130 y 131 por el pago a cuenta, pero en esta ocasiones por impuesto sobre sociedades. 

Multas de Hacienda por no presentar las liquidaciones trimestrales

La Ley General Tributaria (LGT) establece una serie de sanciones que la AEAT puede poner  los contribuyentes en el caso de que no presenten las liquidaciones que les corresponden, lo hagan de forma incorrecta o fuera de plazo. Estas vienen recogidas en el Capítulo 3 de la citada ley, y sus importes variarán dependiente del tipo de liquidación y la gravedad de la infracción. Los importes pueden ir desde los 200 euros hasta el 150% de la cantidad defraudada en los casos de infracciones graves.