El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE) ha dictado una sentencia histórica para España. Y es que ha eliminado el modelo 720 que actualmente seguía vigente dentro del régimen de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) después de que llevase vigente desde el pasado año 2012 lo instaurase el ministro de Hacienda del Gobierno de España, Cristóbal Montoro. Todo ello con el fin de conseguir recaudar más impuestos.
Este modelo afectaba hasta que ha sido revocado a todas las personas que tuviesen bienes superiores a 50.000 euros en un país extranjero, estando obligadas a declararlo ante Hacienda. Algo contra lo que la cargado duramente la justicia europea llegando a asegurar que se trata de “un incumplimiento en virtud de la libre circulación de capitales”, añadió.
Pero no solamente ocurre esto, sino que, además, también se han criticado las cuantiosas multas que se imponían desde la Agencia Tributaria a aquellas personas que no declarasen dichos bienes. Algo que va a suponer que Hacienda tenga que hacer frente a una devoluciones millonarias derivadas de todas las sanciones que se impusieron durante el periodo en el que estuvo activo.
La justicia europea tacha al modelo 720 de “desproporcionado”
La medida aprobada por el entonces Gobierno de España formado por el Partido Popular ha causado un gran rechazo desde su creación en 2012. Tanto es así que hace algunos años, la Comisión Europea ya mostró su rechazo a que los contribuyentes españoles tuviesen que presentar este modelo 720 declarando los bienes que tuviesen en el extranjero si fuesen de un valor mayor a los 50.000 euros.
Tanto es así que en 2017, Europa avisó a España llegando a calificar esta medida de desproporcionada y discriminatoria. Pero no solo eso, sino que, además, “atenta contra las libertades fundamentales de la Unión Europea”, algo que hizo que se pidiesen modificaciones en esta normativa pero, ante la inactividad del Gobierno español, se llevó ante el Tribunal de Justicia europeo. Lo que ha hecho que se acuse al ejecutivo nacional de haber “incumplido con las obligaciones en virtud de la libre circulación de capitales”.
Las multas también eran excesivas
Pero no solo la presentación desde modelo a Hacienda ha sido criticado y anulado por la justicia europea. Sino que desde TSJUE también se ha criticado las sanciones que desde la Agencia Tributaria se imponía a aquellos que, o bien no presentaban este modelo, o bien cometiesen errores a la hora de completarlo o en cómo presentarlo. Esto es debido a que aquellas multas con las que sancionada Hacienda iban desde los 10.000 euros hasta los 30.000 euros, una medida desproporcionada.
Por ese mismo motivo, en la sentencia se aclara que Hacienda debe ahora indemnizar a los afectados por una de estas sanciones, devolviéndole el importe por el que se multó en el momento de cometer la infracción. Un hecho que habla muy mal de la gestión realizada por la administración Tributaria, a la que se le ofreció la posiblidad de modificar esta normativa y evitar así sanciones.
El Gobierno no cambió el modelo 720 pese a poder hacerlo
Ante las advertencias lanzadas por la Unión Europea sobre la injusticia que suponía aplicar el modelo de declaración de bienes en el entraxjero a los contribuyentes y que era imprescindible modificarla para evitar varapalos, España no lo ha hecho. Ni Hacienda ni el Gobierno de España han hecho nada por realizarlo, por lo que dejaron la ley tal y como la había aprobado el antiguo ejecutivo.
Ha sido debido a esta pasividad que Europa llevó el modelo 720 ante el Tribunal Superior de Justicia. Algo que ha supuesto que haya sido tumbado por parte de la UE tal y como se advirtió al ejecutivo español y del que hizo ‘caso omiso’.
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