La respuesta a la pregunta si debes ceder el paso a un coche que conduce a más velocidad, cuando vas por el carril de la izquierda a 120km/h, el límite permitido, es sí. Ante este escenario, se debe volver al de la derecha tal y como indica la Dirección General de Tráfico (DGT).
La norma básica lo recoge así en su artículo 31 del Reglamento General de Circulación (RGC): en autopistas y autovías, los vehículos deben circular por el derecho. En las calzadas con más de uno reservado para el mismo sentido, tráfico también aclara que “el conductor circulará por el situado más a la derecha”.
Así que sí, si un coche circula a 120km/h, debe hacerlo por ese lateral, para que el izquierdo quede libre para adelantar. La regla aplica para todo tipo de transportes, entre los que se incluyen aquellos de mayor tonelaje y las autoridades.
Multas de 200€ a quien no respete
La directriz responde a un propósito claro: cuando se ocupa de forma innecesaria el carril izquierdo se generan retenciones, fomenta los adelantamientos indebidos por la derecha y por tanto, el riesgo de provocar un accidente.
La sanción a aquellos que la incumplan, incluso cuando no superan los límites de velocidad establecidos, está considerada como infracción grave por un importe de 200€, para los casos en los que no hay razón justificada para hacerlo. Más allá del cumplimiento estricto de la ley, su objetivo es asegurar una circulación más fluida y segura.
En algunos casos, la ley lo permite
El RGC (Reglamento General de Circulación) establece algunas excepciones:
- Vehículo que gira a la izquierda o se detiene en ese lado: en ese caso está permitido el adelantamiento por la derecha.
- Atascos o retenciones: cuando los coches avanzan lentamente por ambos carriles, ocupar el derecho y avanzar más rápido que los de la izquierda no se considera adelantamiento, sino rebasamiento.
- En ciudad: en vías urbanas con dos o más vías por sentido, el conductor puede elegir el que mejor se adapte a su destino. Aquí, por tanto, sí es legal hacerlo por la derecha.
La obligación siempre que se pueda, es ceder el paso salvo que se den estos supuestos. La normativa también se aplica a las autoridades. Sin embargo, si se trata de servicios de emergencias y autoridades, como ambulancias, entre otros, cuyas señales luminosas o acústicas están activadas, la prioridad es facilitarles el paso de manera segura.
El lado izquierdo tiene una funcionalidad definida por la ley y no es otra más que adelantar, por lo tanto, ir a 120km/h no legitima a nadie a apropiarse de él, tal como lo ha recordado la DGT en sus redes sociales: “El derecho es el de uso habitual. El central y el izquierdo solo se ocupan para adelantar o cuando las circunstancias lo aconsejen, siempre sin entorpecer la marcha de otros”.