Guardar cantidades de dinero en efectivo, generalmente en casa, puede tener consecuencias dramáticas. A pesar de la arraigada y casi arcaica creencia de que esa imagen de meter el dinero bajo el colchón en lugar de en el banco era lo más seguro, no lo es tanto. Al menos en eso coinciden los expertos fiscales y económicos, que alertan del riesgo de esta práctica.
Esta teoría la confirma numéricamente el Banco de España, que cifra en 22 millones los aún billetes en circulación. Todo ello a pesar de la creciente digitalización en los pagos con aplicaciones como Bizum o el auge de la banca electrónica, y también de las directrices pandémicas del Gobierno de reducir el uso de efectivo. Ni siquiera ha aplacado este fenómeno la última ley antifraude, que multaba con sanciones tipificadas como graves de hasta el 25% del importe que se pagaban entre profesionales, con un límite no superior a los 1.000 euros.
Riesgos que sobre todo asumen los autónomos, los más abocados a tratar con dinero físico, sobre todo en sector hostelería, restauración u ocio nocturno. Aunque hay que recalcar que no es ilegal guardar el dinero y no introducirlo en el circuito financiero de los bancos, existen riesgos tanto fiscales como económicos, sin contar otros como la posibilidad del robo o un incendio en casa.
Riesgos fiscales de guardar el dinero en efectivo
Hacienda tiene mil ojos. Así que, si se decide retirar del cajero sumas de dinero o se recibiese en mano dejando pasar tiempo hasta volver a ingresarlo en la cuenta del autónomo, el fisco podría cuestionar su procedencia. De no poder justificarse en base a lo declarado por el contribuyente se pasaría a considerar Incremento de Patrimonio en la declaración de IRPF, con su correspondiente tributación y posibles sanciones de hasta el 150% sobre esa cantidad.
"Lo más normal es que cuando se ha estado guardando grandes sumas de dinero en efectivo durante años, resulte casi imposible localizar y documentar la procedencia de cada parte de esta suma. Y el problema es que, con un ingreso de más de 3.000 euros, el banco ya notificará automáticamente la operación a Hacienda, y ésta podría solicitar que se justifique el origen del dinero", aclara Carlos Cruzado, presidente del Sindicato de Técnicos de Hacienda.
Este incremento patrimonial se basa en lo dictado por el artículo 39 de la Ley Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que afirma que si no se consigue evidenciar ese incremento "las ganancias patrimoniales no justificadas se integrarán en la base liquidable general del periodo impositivo respecto del que se descubran".
Consecuentemente, se perderá dinero. Todo ello sin contar la posibilidad de que el acto en sí "determina la comisión de una infracción tributaria muy grave, sancionable con multa pecuniaria proporcional del 150% de la cuota íntegra resultante en el IRPF correspondiente a dicha ganancia patrimonial".
Riesgos económicos de tener dinero en efectivo
La devaluación del dinero en efectivo que se guarda es otro de los riesgos que atañe esta práctica. Aunque no se produce a corto plazo, los indicadores actuales que ofrece el Instituto Nacional de Estadística (INE) lleva luz roja: el Índice de Precios al Consumo (IPC), que marca el precio de algunos productos, alcanzó en agosto su máximo desde 2012. Este fenómeno al alza del incremento del coste de vida no va de la mano del aumento de los salarios, y menos de la generalidad de los autónomos. De hecho, según cálculos de Efama, de cada 10.000 euros guardados en casa, se habrían perdido por esto casi 100.
Por tanto, si se decide guardar el dinero fuera de los bancos se pierde el dinero que pueden generar los intereses. La recomendación de los expertos financieros y económicos es la de buscar una figura de ahorro o inversión 'cuentas o seguros' que genere rentabilidad para contrarrestar, por tanto, la posible devaluación o incremento del IPC. También existe la posibilidad de los productos financieros como los fondos de pensiones, con mayor rentabilidad que las anteriores, pero con más dificultades en caso de que se quiera retirar el dinero.
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