Los nuevos Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), y sus correspondientes subsidios por desempleo, sí que tendrán una duración determinada, estipulada por ley. A diferencia de los actuales ERTE, que no tenían ni periodo mínimo ni máximo de extensión, el Mecanismo de Sostenibilidad del Empleo (MSE) que está acabando de barruntar contempla un tope de un año.
La figura, que acompañará a los clásicos ERTE como medida novedosa de flexibilización laboral interna a las empresas en crisis junto, contempla también que deberá existir acuerdo con los sindicatos. De no haberlo, y tener que ser la Autoridad Laboral el que otorgue luz verde, solo podrán durar seis meses.
El principal motivo para limitar temporalmente estas figuras de conservación del empleo, revalorizadas tras la pandemia de Covid-19, es el de salvaguardar los recursos económicos del Estado. La crisis sanitaria demostró que la utilización de recursos públicos destinados a prestaciones y exoneraciones de cotizaciones a la Seguridad Social puede extenderse durante meses, e incluso años, como ha ocurrido recientemente, comprometiendo sus arcas.
El texto que contempla el nuevo MSE y que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2022 tras las arduas negociaciones para la sexta prórroga de los ERTE Covid, afirma que "solo podrá ser aplicado durante un concreto periodo temporal de referencia y por un porcentaje máximo de reducción de la jornada ordinaria a desarrollar dentro del mismo”. En cualquier caso, especifica que “el periodo de referencia será de la duración estricta imprescindible para responder al supuesto en el que se fundamenta el Mecanismo".
Flexibilidad en el porcentaje de reducción de jornada en los MSE
Así, tanto la duración del MSE como la consecuente disminución de horas serán "idénticos para todas las personas trabajadoras de un mismo centro de trabajo”. Aunque precisa que, de haber causas justificadas, las empresas más afectadas podrán establecer distintos porcentajes de reducción según los diferentes puestos de trabajo y sus funciones.
Escudo a las plantillas
Este nuevo borrador de la próxima reforma laboral, que también quiere poner coto a la temporalidad en las empresas reduciendo este tipo de contratación en un 15% del total de la plantilla, pretende acabar de perfilar los incipientes MSE en diferentes aspectos transversales. Uno de ellos, qué relación tendrán con las exoneraciones, aún por particularizar y para los que las empresas deberán cumplir una serie de condiciones.
Primeramente, para beneficiarse de estas, las empresas cuyos trabajadores se vean acogidos al MSE deberán proteger su continuidad durante al menos los seis meses siguientes al ocaso de este. Una obligación que pretende proteger a los empleados, pero que no es novedad, ya que ya viene estipulada como condición en los ERTE actuales.
Asimismo, desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social, con el que han trabajado todas las partes negociadoras con total predisposición, han adelantado que, también como en los ERTE, la necesidad de someter a esos trabajadores a procesos de formación. También, en el caso de las empresas que justifiquen este MSE en "procesos de transición profesional de las personas trabajadoras hacia empleos en otras empresas o sectores", deberán asegurar una posterior recolocación de un mínimo del 20% de estos.
Otras causas por las que se podrá aplicar será por aquellas económicas, técnicas, organizativas o de producción o "por necesidades de recualificación de las personas trabajadoras afectadas para garantizar su empleo en la propia empresa".
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