Tope del Gobierno de España a los contratos temporales en las empresas de nuestro país. La reunión entre el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, con los sindicatos y la patronal ha servido para anunciar un principio de acuerdo para la modificación del Estatuto de Trabajadores, dentro de la reforma laboral que Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social, pretende que entre en vigor. La principal novedad radica en la limitación de los contratos temporales de las empresas al 15% de la totalidad de su plantilla.
Aunque también brilla la obligación del Ministerio de Trabajo a las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) de contratar de forma indefinida a aquellos trabajadores que cedan a otras empresas. También, UGT ha avanzado que el nuevo documento flexibilizará la temporalidad en el sector de la construcción.
Así, en lugar de derogarlo, como pretendía inicialmente, tan solo lo modificará. Para ello se establecerá un nuevo contrato específico que será indefinido, con la intención de continuar protegiendo con las máximas garantías posibles pero que permita adaptarse a la estacionalidad de este tipo de sectores.
Consecuencias de exceder el 15% de temporalidad en plantilla
El artículo 15T del borrador contempla la incipiente legalidad de los contratos temporales. Este tipo de relaciones laborales dan cobijo a la temporalidad por diversas razones. Productivas, como el incremento inesperado del volumen actividad, organizativas, por la baja de algún trabajador, así como formativas, como los periodos de prácticas y la formación dual.
Pero esto no dará carta blanca a las empresas para especular con la temporalidad. No podrán superar ese techo del 15% total de la plantilla. Los que lo hagan, el Ministerio de Trabajo especifica que tendrán que elaborar y presentar anualmente (en enero) a los sindicatos un plan de creación de puestos indefinidos para rebajar por debajo de ese porcentaje este tipo de contratación. Medidas que deberán implementarse en marzo del mismo año, a más tardar.
Otro tipo de ERTE
Asimismo, se dará una vuelta al Mecanismo de Sostenibilidad del Empleo (MSE), que se pretende que sea un nuevo tipo de Expediente de Regulación de Empleo (ERTE) más flexible tras las dificultades en las negociaciones de las sucesivas prórrogas de los ERTE Covid. Lo que se pretende es incluir la posibilidad de emplearlo en casos de recualificación de la plantilla. Esto se hará bajo el mecanismo de un ERTE de causas Económicas, Técnicas, Organizativas y de Producción (ERTE ETOP).
Adiós al contrato de obra y servicios
La nueva regulación también afecta a las Empresas de Trabajo Temporal (ETT). Ahora todos sus trabajadores en plantilla deberán ser indefinidos, como propone el Gobierno. Antes podían proceder a contratar de forma temporal amparándose en la tipificación de obra y servicios, pero la eliminación de este supuesto les deja una única vía.
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