Tener un negocio suele suponer ciertos riesgos, pero lo que menos suelen esperar los comerciantes es tener que cerrar su empresa por el riesgo de derrumbe del edificio. Eso es lo que le ha pasado a la propietaria de una joyería, que ha visto cómo una orden administrativa por riesgo estructural de derrumbe la obligó a tener que desalojar su local en menos de unas horas.
“El 30 de junio, a las 9 de la mañana, tenía una tienda; a la 1 de la tarde, ya no la tenía”, lamenta esta comerciante de 61 años. Según narra en el medio francés Figaro Immobilier, su contrato de arrendamiento comercial había sido renovado en julio de 2021 por nueve años, pero el 1 de julio de 2025 fue obligada a marcharse mucho antes de que expirara el plazo.
La decisión llegó tras una orden de seguridad emitida el 30 de junio. El edificio que alberga la joyería, junto con otros inmuebles colindantes, presenta riesgo de derrumbe. Según el documento oficial, “la integridad estructural de los edificios (…) está gravemente comprometida y representa un peligro inminente para todos los ocupantes y transeúntes”. En apenas 48 horas, la comerciante tuvo que empaquetar su mercancía y abandonar el local.
El seguro no cubre los gastos y prevé que no podrá jubilarse en la fecha prevista
La propietaria de la joyería tenía previsto vender el traspaso del negocio por 150.000 euros y jubilarse en abril de 2027. Sin embargo, la orden truncó sus planes. Además, ya venía arrastrando pérdidas debido a unas obras en la fachada del edificio que habían provocado “una caída del 70 % en la facturación durante los meses de marzo, abril y mayo”.
Tras el desalojo, se puso en contacto con su aseguradora para declarar el siniestro, pero la respuesta fue negativa. “Me dijeron que el riesgo no estaba cubierto por mi póliza y que no tenía derecho a ninguna indemnización. Si hubiera sido un desastre natural, habría funcionado. Mi aseguradora me dijo: “Si hubiera sido un incendio, te habría indemnizado”.
La compañía sostiene que no se ha producido ningún accidente concreto que active la garantía. “No se puede invocar la garantía”, señala la carta remitida al abogado de la joyera, al considerar que los edificios están en ruinas pero sin que haya mediado un siniestro específico.
La mujer calcula que, si la situación se prolonga dos años, perderá alrededor de 120.000 euros en su negocio. Solo en el ejercicio 2025-2026 estima unas pérdidas superiores a 55.000 euros. Y es que, aunque ya no paga el alquiler del local, continúa afrontando otros gastos. “Sigo pagando los gastos de construcción, el impuesto sobre bienes inmuebles y la recogida de basura; son 1.500 euros al año para nada”, se lamenta.
“Tendré que trabajar al menos dos años una vez que la comunidad de propietarios llegue a un acuerdo”, afirma, preocupada por no poder jubilarse en la fecha prevista. Aunque su abogado está intentando reclamar la pérdida del negocio al propietario del local, la mujer se siente en un limbo legal, y tratando de asumir que en cuestión de horas pasó de abrir su tienda con normalidad a quedarse sin local, sin ingresos y sin derecho a indemnización.