Un agricultor quiere construir una casa para su hijo en la finca y la justicia se lo prohíbe: ya tiene suficiente espacio habitable

Los tribunales consideran que la explotación ya dispone de viviendas suficientes y que la necesidad de una nueva casa fue creada por el propio agricultor.

Una casa rodeada de campo |Envato
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La justicia ha rechazado la solicitud de un agricultor que pretendía construir una nueva vivienda en su finca para su hijo, futuro gerente de la explotación. Los tribunales consideran que la explotación agrícola ya dispone de espacio habitable suficiente y que la necesidad de una nueva casa fue generada por él mismo al destinar las viviendas existentes a otros familiares.

Actualmente, en la finca vive el propio agricultor, sus hermanos, sus suegros y los herederos de la granja. Su objetivo es construir una nueva casa en un terreno colindante para su hijo mayor, que es el heredero de la granja y el nuevo gerente de la explotación. Sin embargo, dos tribunales han rechazado su solicitud con el mismo argumento.

El agricultor posee un total de cuatro viviendas. Tal y como informa en el medio local ‘Agrarheute’, él mismo reside junto con su esposa en una de ellas, disfrutando de un derecho de usufructo vitalicio. Otra vivienda está ocupada por su hermana, que se mudó a la casa en su momento para cuidar de su madre; en la tercera, viven los suegros; y, en la cuarta, vive su hijo, actual propietario de la explotación, junto con su hermano menor.

Construcción de una quinta vivienda

Al sur de la parcela residencial hay otra finca que es propiedad del agricultor. Este solicitó una licencia de obras para construir una vivienda allí para su hijo, pero la autoridad competente le denegó la solicitud. Por ello, interpuso una demanda por la vía judicial, para obtener la licencia de las obras.

En esta, alegó que, según la normativa urbanística, el proyecto es admisible al ser para construir una vivienda para el sucesor de la finca, su hijo mayor, argumentando que es necesario su permanencia permanente en los terrenos para proteger toda la maquinaria agrícola contra robos o incendios. También argumentó que en los terrenos de la explotación se almacenaban productos agrícolas que se sometían a un proceso de transformación.

El tribunal rechaza la construcción

El Tribunal Administrativo desestimó la demanda del agricultor. Según la sentencia, Aunque era cierto que la vivienda del gerente de la explotación, situada en las inmediaciones de los edificios agrícolas, podría ser beneficiosa para la explotación, este tribunal consideró que la vivienda solicitada en el terreno no servía para la explotación agrícola, ya que en la finca ya había suficiente espacio habitable para garantizar la continuidad de la explotación a lo largo de varias generaciones.

El Tribunal Administrativo añadió en su sentencia que el agricultor no podía alegar de buena fe que todas las viviendas estuvieran ocupadas, ya que “le había cedido la explotación a su hijo sabiendo que no habría una vivienda adecuada disponible para él. Al ceder viviendas a su hermana y a sus suegros, además, había privado a la finca de espacio habitable”.

Asimismo, señalaron que el agricultor no podía alegar que la presencia permanente del propietario de la explotación fuese necesaria para proteger la maquinaria agrícola contra robos e incendios. Para la justicia, las viviendas ya existentes, que además se encuentran más cerca de los graneros y de la maquinaria que contienen, tienen el mismo efecto disuasorio para los ladrones.

Un segundo tribunal rechaza la construcción

Ante la anterior sentencia, el agricultor decidió reclamar, pero su recurso de apelación fue desestimado. Este había argumentado en su recurso que no había privado a su explotación agrícola de espacio habitable, sino que solo había cedido temporalmente ese espacio a miembros de la familia que lo necesitaban. En este sentido, defendió que se trataba de una prestación de solidaridad familiar habitual en la agricultura.

Los familiares fueron acogidos en la granja por motivos legítimos, que no pueden reprocharse al agricultor. Tampoco se puede obligar al agricultor a que remita a su hijo, futuro propietario de la explotación, a una vivienda compartida con su hermano.

Sin embargo, el Tribunal de Apelación sentenció que el Tribunal Administrativo había denegado “correctamente” la solicitud de concesión de la licencia de obras para construir esa quinta vivienda para su hijo, alegando que ya existía “suficiente espacio habitable en los terrenos de la explotación”.

Ciertamente, la jurisprudencia alemana ha considerado suficiente que una explotación agrícola a tiempo completo disponga de espacio habitable para dos generaciones. La justicia, sobre este caso, señala que el hecho de que una parte considerable de las cuatro viviendas disponibles se haya puesto a disposición de otros miembros de la familia y que su uso pueda estar garantizado por contrato no contradice esto.

“Al ceder espacio habitable para usos privilegiados en el exterior, el demandante ha creado una necesidad de vivienda que no existiría sin dichos usos”, concluye el fallo, confirmando que no puede obtener ninguna licencia de obras para la construcción de esa quinta vivienda.

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