Los menores de 30 años podrán cobrar el Ingreso Mínimo Vital si viven de forma independiente

Para cobrar la ayuda, la Seguridad Social pedirá que se cumpla con los requisitos además de acreditar que vive de forma independiente, al menos los dos años anteriores a la solicitud.

Los menores de 30 años podrán cobrar el Ingreso Mínimo Vital si viven de forma independiente EFE
Francisco Miralles

El Ingreso Mínimo Vital o IMV es una prestación de carácter no contributivo gestionada por la Seguridad Social y que tiene como objetivo garantizar de los ingresos mínimos suficientes para las personas que viven solas o están integradas dentro de una unidad de convivencia. A esta pueden acceder los menores de 30 años siempre y cuando cumplan una serie de requisitos y demuestren que viven de forma independiente, durante al menos dos años anteriores a la solicitud.

Así, en el caso de las personas de entre 23 y 29 años deben haber tenido residencia legal y efectiva en España durante al menos dos años antes de solicitar el IMV y haber vivido de forma independiente durante ese tiempo. La Seguridad Social explica, que hay excepciones en el caso de víctimas de violencia de género o quienes estén iniciando trámites de separación o divorcio.

Por otro lado, las personas de entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores pueden solicitar el IMV siempre que vivan solos y no formen parte de una unidad de convivencia.

Además, se deben cumplir los requisitos generales del IMV, como tener residencia legal en España durante al menos un año y cumplir con el criterio de vulnerabilidad económica, lo que implica que los ingresos mensuales promedio deben ser al menos 10 euros inferiores a la cantidad garantizada por el IMV. El patrimonio neto también se tiene en cuenta, excluyendo la vivienda habitual.

Umbrales de ingresos para pedir el Ingreso Mínimo Vital | Foto: Seguridad Social

Cuánto se cobra de Ingreso Mínimo Vital

La cuantía del Ingreso Mínimo Vital varía según la unidad de convivencia. La cantidad mínima es de 604,21 euros mensuales para una unidad con un solo adulto, y puede llegar hasta 1.329,27 euros para unidades con más miembros. Si los beneficiarios tienen una discapacidad del 65% o más, o si son familias monoparentales, la cuantía aumenta un 22%.

Es importante saber que la cantidad asignada no es la que se cobra directamente. La cuantía recibida es la diferencia entre la cantidad asignada por la Seguridad Social y los ingresos del solicitante o unidad de convivencia. Esta cantidad se mantendrá durante todo el año, y la Seguridad Social la actualizará al año siguiente basándose en la declaración de la Renta del beneficiario y su familia.

En este listado se pueden las cuantías del Ingreso Mínimo Vital para este año 2024:

  • Un adulto: 7.250,52 euros anuales, 604,21 euros mensuales.
  • Un adulto y un menor: 9.425,76 euros anuales, 673,26 euros mensuales.
  • Un adulto y dos menores: 11.600,88 euros anuales, 828,63 euros mensuales.
  • Un adulto y tres menores: 13.776,12 euros anuales, 1.148,01 euros mensuales.
  • Un adulto y más de tres menores: 15.951,24 euros anuales, 1.329,27 euros mensuales.
  • Dos adultos: 9.425,76 euros anuales, 785,48 euros mensuales.
  • Dos adultos y un menor: 11.600,88 euros anuales, 828,63 euros mensuales.
  • Dos adultos y dos menores: 13.776,12 euros anuales, 1.148,01 euros mensuales.
  • Dos adultos y más de dos menores: 15.951,24 euros anuales, 1.329,27 euros mensuales.
  • Tres adultos: 11.600,88 euros anuales, 828,63 euros mensuales.
  • Tres adultos y un menor: 13.776,12 euros anuales, 1.148,01 euros mensuales.
  • Tres adultos y dos o más menores: 15.951,24 euros anuales, 1.329,27 euros mensuales.
  • Cuatro adultos: 13.776,12 euros anuales, 1.148,01 euros mensuales.
  • Cuatro adultos y un menor: 15.951,24 euros anuales, 1.329,27 euros mensuales.
  • Otros: 15.951,24 euros anuales, 1.329,27 euros mensuales.

Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital se puede solicitar presencialmente en las oficinas de la Seguridad Social o por internet. Si se dispone de un certificado electrónico o Cl@ve, se puede hacer a través de la Sede Electrónica (se puede acceder desde este enlace directo). Si no se cuenta con estos métodos, es necesario rellenar un formulario proporcionado por la Seguridad Social (accesible en su página web). Además, se debe adjuntar una fotografía tipo selfie y una dirección de correo electrónico.

Archivado en:

Otras noticias interesantes

Lo más leído