Encontrarse dinero en efectivo u objetos como un móvil, una anillo o unas gafas en la vía pública es una situación que alguna vez en nuestra vida ha podido pasar. Aunque se diga el dicho de “el dinero no tiene dueño” en realidad no es así, ya que puede ser considerado como una apropiación indebida y ser constitutiva de delito tanto en el Código Penal como en el Código Civil.
El Código Penal, en sus artículos 253 y 254, regula delito de apropiación indebida y agravamiento de la pena en función del valor del objeto. Si el valor del bien es menor a 400 euros, la pena puede ir de uno a tres meses de prisión. En caso de que el objeto tenga un valor superior, o si se trata de bienes con valor artístico, cultural, histórico o científico, las penas pueden oscilar entre seis meses y dos años de prisión.
Por otro lado, en el Código Civil también establece, en su artículo 615, que la persona que encuentre dinero u objetos tiene la obligación de devolverlos a su "anterior poseedor". Si no se puede localizar al dueño, el procedimiento correcto es entregar el dinero a las autoridades locales o a la Policía. En el caso de que, tras dos años, nadie reclame el dinero, este podrá ser adjudicado a la persona que lo encontró.
Si te encuentras dinero en la calle hay que devolverlo y si nadie lo reclama en dos años pasará a ser propiedad de quien lo encontró
Cuando alguien encuentra un objeto en la calle, como dinero en efectivo, un móvil, una cartera o unas gafas, la ley establece ciertos pasos a seguir para evitar sanciones. Según el Código Civil, si se encuentra un objeto de valor, es necesario devolverlo a su anterior poseedor. En el caso de no conocer la identidad del propietario, así como la imposibilidad de localizarlo, el objeto debe entregarse a las autoridades, como la policía local o a la oficina de atención al ciudadano del ayuntamiento, quienes gestionan las oficinas de objetos perdidos.
Estos objetos se almacenarán durante un periodo de dos años. Si en ese tiempo no aparece el propietario legítimo, la persona que lo encontró puede convertirse en el nuevo dueño. Ahora bien, si el propietario aparece, la ley también dice que el hallador deberá recibir una gratificación. Esta puede ser de una décima parte del valor del objeto si no supera los 12 euros, o de una vigésima parte si el valor es superior.
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