Con la campaña de la Renta 2026 a punto de comenzar el próximo 8 de abril y con plazo hasta el 30 de junio, muchos contribuyentes ya buscan fórmulas para pagar menos impuestos. En este contexto, conocer las deducciones disponibles, especialmente las autonómicas, puede marcar la diferencia en el resultado final de la declaración.
En el caso de Andalucía, la Junta mantiene una deducción específica en el IRPF por gastos veterinarios de mascotas que puede llegar hasta los 100 euros, una medida confirmada también en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, donde se recogen todos los detalles de este incentivo fiscal aplicable en la declaración del ejercicio 2025.
Esta deducción permite reducir la cuota autonómica del impuesto, es decir, no supone un ingreso directo, sino un ahorro fiscal. Su objetivo es aliviar el coste que supone el cuidado sanitario de los animales de compañía, un gasto habitual en muchos hogares y que cada vez es mayor, sobre todo con el reciente aumento de la inflación.
Cuánto puedes deducirte por gastos veterinarios
Los contribuyentes andaluces pueden deducirse el 30% de los gastos veterinarios realizados durante el ejercicio fiscal, con un límite máximo de 100 euros anuales por declaración.
Esto significa que, independientemente del número de mascotas o del gasto total, el tope de ahorro fiscal será de 100 euros. La deducción se aplica exclusivamente sobre la cuota autonómica del IRPF.
Qué gastos veterinarios sí se pueden incluir
No todos los gastos relacionados con mascotas dan derecho a deducción. Según detalla la Agencia Tributaria, se consideran deducibles aquellos vinculados directamente con la salud y el bienestar del animal.
Entre ellos se incluyen:
- Consultas veterinarias y tratamientos clínicos
- Pruebas diagnósticas e intervenciones quirúrgicas
- Vacunaciones y desparasitación obligatoria
- Servicios preventivos prescritos por el veterinario
- Gastos de esterilización cuando sea obligatoria
También se contemplan los gastos asociados a la tenencia de perros de asistencia, incluyendo aquellos destinados a personas con discapacidad o situaciones específicas como víctimas de violencia de género.
Durante cuánto tiempo puedes aplicar la deducción
El periodo durante el cual se puede aplicar esta deducción depende de cómo llegara la mascota a nosotros, ya que en cada supuesto tendrá una duración distinta. Estos son los diferentes casos y la duración de la deducción para cada uno:
- Compra del animal: solo durante el primer año desde la adquisición
- Adopción: durante los tres años siguientes
- Perros de asistencia: sin límite temporal mientras dure su tenencia
Además, solo podrán beneficiarse quienes hayan adquirido o adoptado al animal a partir del 1 de enero de 2025.
Requisitos para poder beneficiarse
No a todo el mundo le conceden esta deducción en la renta por el simple hecho de cuidar a una mascota, sino que es necesario cumplir una serie de condiciones económicas y formales o de justificación en referencia al animal que se tiene a cargo.
En cuanto a los ingresos, la suma de la base imponible general y del ahorro no puede superar:
- 80.000 euros en tributación individual
- 100.000 euros en tributación conjunta
Por otro lado, los gastos deben estar correctamente justificados mediante factura emitida por un veterinario o centro autorizado, donde figuren los datos fiscales, la fecha y el concepto del servicio.
Además, la normativa establece que los pagos deben haberse realizado a partir del 1 de enero de 2025 y cumplir con los requisitos legales en cuanto a adquisición, venta o adopción del animal.
Una ayuda por cuidar de tu perro
Esta deducción autonómica se suma al conjunto de beneficios fiscales que pueden aplicarse en la Renta y que, aunque en muchos casos pasan desapercibidos, permiten reducir significativamente la factura fiscal.
En un contexto en el que el coste veterinario no ha dejado de aumentar, esta medida busca reconocer el esfuerzo económico de los propietarios de mascotas, especialmente en una comunidad como Andalucía donde la presencia de animales de compañía en los hogares es cada vez mayor.