La Agencia Estatal de Administración Tributaria ha comprobado cómo más hijos están realizando donaciones a sus padres. Por la situación económica, con la subida de los precios y el encarecimiento de la factura de la luz, se ven obligados a ayudarles. Por ello, muchos se preguntan cuánto dinero podrán donar sin tener que declararlo a Hacienda. Una cuestión que desde el Fisco han querido aclarar, ya que hay una cuantía mínima que estará exenta de tributación.
Una donación entre familiares es una de las opciones más recurrentes en caso de que se necesite afrontar una situación económica difícil o la adquisición de bienes. Sin embargo, no hay que confundirlo con una herencia. Mientras esta última se realiza cuando la persona fallece, el acto de donar puede realizarse en cualquier momento por la cuantía que se desee.
A pesar de esto, sí que existe un problema que implica tanto al donatario como al donante, es decir, tanto a un padre como a un hijo. El padre estará obligado a tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) bajo el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. No se trata de un importe fijo, sino de una cantidad que dependerá de la comunidad autónoma donde se resida. Sin embargo, el hijo no tendrá que declarar nada, ya que no ha recibido ningún dinero.
En la práctica, hay cantidades que pueden pasar desapercibidas para Hacienda, aunque se esté obligado sí o sí a hacer frente a ese Impuesto de Donaciones. Cualquier dinero que sea transferido de un hijo a un padre, deberá ser declarado, aunque si no se rebasa un límite, no se va a investigar de dónde proviene la cuantía.
¿Cuál es el límite que se puede donar a un padre?
Desde Hacienda explican que todos los bancos deberán informar de los movimientos superiores a 3.000 euros que realicen sus clientes. Por tanto, se puede deducir que ese es el límite en el que un hijo puede hacer donaciones de dinero a alguno de sus padres sin levantar sospechas y sin que se investigue de dónde proviene.
Si los movimientos bancarios no superan esa cantidad, Hacienda no va a tener sospechas de que alguien no ha declarado el dinero de la donación. Sin embargo, recuerda que, aunque sea poco común, esta administración pública tiene el derecho de reclamar el tributo por donación.
Los padres tendrán un plazo de 30 días hábiles para el pago del impuesto, que empieza a contar desde el día en que se efectúa la donación. Asimismo, la Agencia Tributaria tiene un periodo máximo de cuatro años para solicitar el pago, pero esto podrá acarrear el pago de intereses y recargos. Una vez que haya transcurrido ese plazo, no se podrá reclamar ningún importe.
Las donaciones exentas de tributar en la declaración de la Renta
En función del fin de la donación, el contribuyente podría estar exento de no tener que tributarla en la declaración del IRPF. Esa transferencia tendría que estar motivada por alguna de las siguientes razones: alimentos, educación, sustento y asistencia médica. En el momento en el que ese traspaso se haya realizado por motivos distintos, sí que se deberá tributar.
Cada comunidad autónoma tiene establecido en sus normativas tributarias unos tramos, ofreciendo la mayoría reducciones si se trata de dinero que se dona entre familiares, en este caso, de hijos a padres.
Por poner un ejemplo, en Murcia, Andalucía y Madrid las donaciones que se hagan entre familiares van a tener una bonificación del 99% sobre la cuota tributaria. Únicamente se deberá pagar un 1% cuando se formalice en un documento público notarial y se justifique de dónde proviene ese dinero en metálico.
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