El aumento de las temperaturas y la llegada inminente del verano está provocando que muchas personas necesiten conocer si tienen derecho o no a cobrar el Bono Social Térmico. Una ayuda del Gobierno de España de 370 euros que se refleja en la factura de la luz. Sin embargo, no todos los ciudadanos tienen derecho a él. Resulta imprescindible cumplir con una serie de requisitos previos.
Esta ayuda es cobrada en forma de cheque de pago único y está gestionada por el Ministerio de Transición Ecológica. El objetivo principal es dar una cobertura económica a las familias vulnerables para afrontar gastos de agua caliente, calefacción, cocina… Es necesario que llegue para las personas que realmente lo necesitan, por lo que en las próximas semanas experimentará cambios para introducir criterios de renta en las familias numerosas.
Su nacimiento fue en 2018, aunque sigue vigente actualmente como una de las medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. Y es que otra tarea que tiene es la de complementar al Bono Social Eléctrico, que ya se cobró en el primer trimestre del año mediante un pago único.
El requisito para que las familias vulnerables obtengan el bono social térmico es ser beneficiario del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2023. Otro motivo es que antes de esa fecha esté en proceso de resolución la solicitud de dicho bono.
¿Qué personas tienen derecho a cobrar el Bono Social Térmico?
Aunque la principal exigencia que exigen desde el Ministerio de Transición Ecológica es que los consumidores entren en alguno de los tres perfiles desarrollados a continuación en función del nivel de rentas:
Consumidores vulnerables:
- Sin menores en la familia y con una renta igual o inferior a los 11.279 euros al año.
- Un menor y una renta igual o inferior a los 15.039 euros al año.
- Dos menores y una renta igual o inferior a los 18.799 euros al año.
Consumidores vulnerables severos:
- Familias numerosas con rentas iguales o inferiores a los 15.039 euros anuales.
- Pensionistas que cobren la cuantía mínima y sus rentas sean iguales o inferiores a los 7.520 euros anuales.
- Quien tenga una renta igual o menor al 50% del umbral de los consumidores vulnerables.
Consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión:
- Quien tenga un nivel de renta como los consumidores vulnerables severos.
- Si reciben atención de los servicios sociales.
- No se les puede interrumpir los suministros aunque tengan impagos.
Otras personas que pueden resultar beneficiarias de ese Bono Social corresponde con aquellos que estén en alguna de estas situaciones:
- Las familias monoparentales.
- Las víctimas de violencia de género y de terrorismo.
- Quienes presenten una discapacidad igual o superior al 33%.
- Las personas con el grado II y III de dependencia.
¿Cómo solicitar el Bono Social Térmico?
Todos los beneficiarios mencionados anteriormente deben seguir unos pasos para solicitar ese cheque de 370 euros. El primer lugar hará que solicitar el Bono Social Eléctrico en la administración autonómica competente de cada comunidad autónoma.
Una vez aprobado, es concedido automáticamente mediante un mensaje que envían las propias compañías eléctricas. En caso de querer renunciar a él, la tramitación puede hacerse online en el plazo máximo de 10 días desde el momento en el que se recibe la notificación con su aprobación.
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