El anteproyecto de Ley de prevención del consumo de alcohol del Ministerio de Sanidad, establece en su artículo número 30 la prohibición del patrocinio de las empresas productoras y distribuidoras de bebidas alcohólicas en entornos donde pueda haber menores cerca, y esto salpica de lleno a la hostelería.
De salir adelante la propuesta de ley, se limitarán todos aquellas inserciones publicitarias presentes en toldos, sillas, sombrillas y otro material inmobiliario que se instala en las terrazas de bares y cafeterías, por lo que el sector podría experimentar pérdidas significativas, como ha explicado la economista Pilar García de la Granja, en el programa Economía de Bolsillo de COPE.
Las pérdidas podrían alcanzar los 1.700 millones de euros
La limitación de la publicidad de estas marcas en ciertos lugares y actividades donde pueda haber presencia de menores, perjudicará, como asegura la experta, a: “130.000 bares y cafeterías, de las que entre el 70 y el 80 por ciento cuenta con este tipo de patrocinios, y se encuentran a menos de 150 metros del parque, gimnasio…”.
Podría tener, además, un coste directo de entre 600 millones y 1.080 millones de euros: “con una merma en el PIB nacional de 900 y 1.000 millones de euros, y la pérdida de hasta 1.200 empleos directos e indirectos”.
Según García, la denominada España Rural, que en algunas zonas subsiste gracias a la hostelería, podría verse más afectada que otros lugares: “235 pueblos con un solo bar, podrían quedarse sin hostelería”.
Qué expresa el anteproyecto de Ley
El artículo 30 del texto recoge las disposiciones mediante las cuales se prohíbe el patrocinio de empresas productoras y distribuidoras de bebidas alcohólicas cuando las actividades, bienes, servicios y espacios públicos:
- Están destinados principalmente a menores de edad.
- Se realicen en lugares donde esté prohibido el consumo de alcohol (art. 18),
Donde esté prohibida la publicidad de bebidas alcohólicas (art. 26)
Artículo 30. Limitaciones del patrocinio de actividades, bienes, servicios, y espacios públicos del anteproyecto de Ley de prevención del consumo de alcohol y de sus efectos en las personas menores de edad.
Esto incluye explícitamente celebraciones culturales, deportivas y formativas con presencia de menores; artículos, ropa y material escolar; y páginas web y redes sociales dirigidas a este público. Además, el artículo 26 prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en la vía pública y visible desde ella y en un radio de 200 metros de centros educativos, sanitarios, parques y lugares frecuentados por menores.
La norma, sin embargo, no prohíbe todo patrocinio cervecero, pero sí impone amplias restricciones que, en la práctica, reducirá la presencia de estas marcas, si se aprueba en el Consejo de Ministros y sale adelante.