El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) intenta cuidar en la medida de lo posible, tanto económicamente como con formación y facilidad de acceso a un trabajo, a las amas de casa que llevan en situación de desempleo por mucho tiempo. Actualmente, existe una ayuda de 500 euros de carácter extraordinario, aunque para acceder a ella deben demostrar que cumplen unos requisitos.
Esta ayuda consiste en un subsidio por desempleo, al que solo se accede si la persona ha agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro). Realmente, la cuantía mensual a la que tienen derecho estas personas es de 480 euros mensuales (80% del IPREM) y, si son mayores de 52 años, cobrarán el subsidio específico para las amas de casa desempleadas de esa edad.
En el caso que aquí ocupa se detallarán cuáles son los beneficiarios específicos y los requisitos especiales que hay que cumplir para cobrar la Renta Activa de Inserción (RAI), una ayuda extraordinaria.
Los únicos beneficiarios de la Renta Activa de Inserción
A efectos prácticos, la Renta Activa de Inserción únicamente pueden cobrarla en España cuatro tipos de colectivos especiales, cuyo punto en común es la vulnerabilidad a la hora de encontrar un nuevo empleo. Corresponden con los siguientes:
- Los parados de larga duración mayores de 45 años. Aquí, por ejemplo, entrarían el colectivo de las amas de casa desempleadas con entre 45 y 52 años. Deben haber estado 12 meses inscritos en búsqueda de empleo y con tres búsquedas activas.
- Los emigrantes retornados con 45 años o más.
- Las personas víctimas de violencia doméstica y violencia de género.
- Las personas con una discapacidad igual o inferior al 33%, siempre que hayan sido demandantes de empleo en el SEPE por mínimo un año.
Exigencias del SEPE para que las amas de casa cobren la RAI
Las exigencias para percibir la RAI por parte de la administración pública de empleo son bastante sencillas, puesto que el objetivo es proteger y que esas personas en vulnerabilidad encuentren una salida laboral lo antes posible. De ahí que los requisitos a cumplir correspondan con:
- No haber cumplido la edad de jubilación de 65 años.
- Estar en desempleo, en situación legal de desempleo y permanecer inscrito como demandante del empleo.
- Al mismo tiempo, suscribir el compromiso de actividad y demostrar que se está en Búsqueda Activa de Empleo. Por eso es tan importante no rechazar ningún curso de formación, oferta de empleo o formación al ser citados por el SEPE.
- Demostrar que los ingresos mensuales del ama de casa no superan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, es decir, que están por debajo de los 850,50 euros al mes.
- Si existen cargas familiares (cónyuge a cargo, hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad), se cumple esa carencia de rentas cuando la suma de las rentas familiares, al dividirla por el número de miembros, no dan como resultado más de 850,50 euros.
- Por último, pero muy importante. No haber percibido esta ayuda de 500 euros durante más de tres veces.
Además, hay que tener en cuenta que la duración máxima e ininterrumpida es de 11 meses mientras se cumpla lo anterior. Como se puede solicitar hasta un máximo de tres veces, hay que dejar el periodo de carencia de un año entre que se agota y se vuelve a solicitar.
Las personas que sufren o han sufrido casos de violencia doméstica o de género no tienen que acreditar ese mínimo de rentas.
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