Se puede fraccionar una deuda con la Seguridad Social. Ya se deba dinero por despiste o por incapacidad económica, hay situaciones en las que no se ha pagado lo debido, generándose esta situación. Pero tiene solución mediante el aplazamiento, un mecanismo que este organismo permite utilizar en determinadas situaciones, ya sea por desde cuotas de autónomo hasta los seguros sociales, incluso recargos y/o sanciones, para pagar en determinados plazos e ir satisfaciendo esa deuda poco a poco.
Aunque lo primero que hay que saber, como indica ‘LGS Consultores & Asesores’, es que esto no es nada recomendable. Siempre debe ser la última opción, ya que es “lo más caro” por tener intereses de entre un 10 o 20% de la deuda contraída y que van a ir incrementando esa cantidad inicial con el paso del tiempo. Es el llamado efecto bola de nieve, con muchas papeletas para destrozar economías.
Seguridad Social: ¿Qué deudas no se pueden aplazar?
Lo primero es conocer las deudas que no pueden ser sometidas a aplazamiento. Es decir, que son inaplazables. Aunque en casos muy excepcionales, la Seguridad Social está otorgando facilidades en su pago.
- Cuota obrera: aquello que el empresario retiene a ese trabajador para que se pague como profesionales posteriormente, ya sea como autónomo o como sociedad.
- Cuota de cobertura: tanto de accidentes de trabajo como de enfermedades profesionales.
¿Cuánto es el máximo de aplazamiento de una deuda?
Cinco años. Pero todo va en proporción. Es decir, como ejemplo, una deuda considerablemente baja, de 5.000 euros, no lo van a realizar a ese plazo. Si esa cuantía aumenta, más cercana a los 30.000, sí será más probable. Aunque según en qué delegaciones o subdelegaciones sí han existido casos en los que se han podido solicitar más tiempo. Los intereses irán variando según la cuantía.
¿Dónde hay que acudir para solicitar el aplazamiento de una deuda?
Para solicitar el aplazamiento de esa deuda, habrá que acudir presencialmente a una Dirección Provincial de la Seguridad Social o realizar el proceso de forma telemática, usando el certificado digital o sistema PIN o Cl@ve.
¿Cuánto tiempo tiene que pasar para solicitar el aplazamiento de una deuda?
Si ha pasado un mes, se podrá ir a la unidad de recaudación. Pero si pasa un mes o más (con el paso de tiempo, la deuda se va complicando un poco más por los mencionados intereses) y esa deuda entra en apremio, se tendrá que ir a la Unidad de Recaudación Ejecutiva (URE). Por tanto, lo mejor es acudir cuanto antes, haya pasado el tiempo que haya pasado, para negociar, indistintamente de si se opta por la vía presencial o virtual.
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