Para conocer el cobro de la pensión por incapacidad permanente absoluta se va a tener en cuenta la situación personal y la edad del beneficiario de la misma. Ya que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha establecido una serie de cuantías económicas distintas en función de si la persona solicitante tiene un contexto familiar u otro.
Es importante recordar que esta incapacidad permanente absoluta es aquel grado de discapacidad que afecta a un trabajador y por el que está completamente inhabilitado para realizar cualquier tipo de actividad profesional. Esto le supone tener que abandonar obligatoriamente, y de manera prematura, el mundo laboral.
Además, para poder cobrar esta prestación, es necesario cumplir con una serie de requisitos mínimos con la Seguridad Social. Siendo, en ámbito general, tener menos de 65 años, estar en situación de alta en el INSS, y dependiendo de si es mayor o menor de 31 años, se exigirán un mínimo de años cotizados o no.
Diferentes cuantías de la pensión por incapacidad absoluta
Dependiendo de la edad con la que se solicite la pensión por incapacidad permanente absoluta y de si tiene o no cónyuge, el beneficiario podrá recibir una cantidad u otra por parte del Instituto Nacional de la Seguridad. Para poder conocer de cuánto va a ser esa cuantía de exacta se debe distinguir tres grandes bloques, dependiendo de si se tienen 65 años como máximo, si se tienen entre 60 y 64 años, o si tienen menos de 60 años. En este último caso, cuando no se alcancen los 60 años, se indica que la causa de la incapacidad permanente debe ser una enfermedad común, como sería el Covid-19.
Dentro de estos tres grandes bloques de edad, también hay que dividir otros tres subgrupos que se encuentran en el interior de los mismos. Estos pequeños grupos son si la persona beneficiaria de esta pensión tiene un cónyuge a cargo, no tiene cónyuge o tiene cónyuge pero no a cargo, algo que también hará modificar la cuantía de la pensión. Esto es:
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Pensionista de 65 años:
- Con cónyuge a cargo: 851 euros al mes.
- Con cónyuge no a cargo: 654,60 euros al mes.
- Sin cónyuge: 689,70 euros al mes.
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Pensionista de una edad entre los 60 y los 64 años:
- Con cónyuge a cargo: 797,90 euros mensuales.
- Con cónyuge no a cargo: 609,90 euros mensuales.
- Sin cónyuge: 645,30 euros mensuales.
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Pensionista con menos de 60 años y una incapacidad ocasionada por enfermedad común:
- Con cónyuge a cargo: 508,50 euros al mes.
- Con cónyuge no a cargo: 504 euros al mes.
- Sin cónyuge: 508,50 euros mensuales.
También es importante recordar que, en el caso de estas pagar, no se quedan en los 12 meses que dura el año. Sino que el pensionista que sufra la incapacidad permanente absoluta recibirá 14 pagas anuales, las doce correspondientes a los meses de un periodo anual y dos pagas extras por parte de la Seguridad Social.
¿Qué día se cobra la pensión por incapacidad permanente?
Una vez se conocen cuáles son las cuantías económicas que se van a cobrar en la pensión por incapacidad permanente absoluta, es importante detallar cuándo se van a ver reflejadas en las cuentas bancarias de las personas que son beneficiarias de las mismas. Y es que en septiembre ocurre una particularidad que no se vio en el pasado mes de agosto.
La Seguridad Social recuerda que, desde el INSS, el pago de las pensiones se realiza el día 25 de cada mes. Lo que ocurre en esta ocasión, es que el 25 de septiembre es sábado y, por lo tanto, el pago de las mismas se llevará a cabo el día 24, aunque no se verán reflejadas en las cuentas bancarias de los beneficiarios hasta la próxima semana. Siendo entre el lunes 27 o el martes 28 dependiendo de la entidad bancaria de la que sea cliente.
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